Universidad
El Gobierno aprueba el proyecto de Ley de Convivencia Universitaria contra las novatadas, el plagio y los escraches
- Sustituirá a una norma de 1954
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El Consejo de Ministros aprobó este martes el proyecto de Ley de Convivencia Universitaria, que busca perseguir las novatadas, los plagios, los escraches y el acoso sexual dentro de estas instituciones educativas.
En rueda de prensa, la portavoz del Ejecutivo, Isabel Rodríguez, subrayó que esta norma pondrá fin “al Reglamento de Disciplina Académica de los Centros de Enseñanza Superior y Enseñanza Técnica firmado por Franco en 1954”.
Según declaró, esta ley “nace de la necesidad de abordar la derogación de una norma preconstitucional que permanecía aún vigente” y de adaptar la regulación de la convivencia en las universidades a “nuestro ordenamiento legal actual".
La nueva norma implicará que a partir de ahora, realizar novatadas con grave menoscabo de la dignidad de las personas, el acoso o el plagio son conductas que podrán ser castigadas con la expulsión de dos meses a tres años de la Universidad.
Contempla tres tipos de faltas: muy graves, graves y leves.
Entre las faltas "muy graves" se encuentran el plagio "total o parcial" de una obra o cometer fraude académico en la elaboración de un trabajo de fin de grado, fin de máster o tesis doctoral; alterar o falsificar documentos académicos; la discriminación por razón de sexo u orientación sexual; incumplir las normas de salud pública, o suplantar a un miembro de la comunidad universitaria. Serán sancionadas con la expulsión de dos meses a tres años y la pérdida de la matrícula.
Las faltas graves incluyen el apoderamiento indebido de exámenes o falsear sus resultados, impedir la celebración de actividades universitarias o acceder sin permiso a los sistemas informáticos de la universidad, entre otros. Para estos casos se podrá expulsar al alumno durante un mes o acordarse la pérdida de la matrícula de la asignatura en la que se haya cometido el fraude.
El proyecto establece finalmente las faltas leves, que se solventan con una amonestación privada que puede ir acompañada de medidas sustitutivas de carácter educativo o recuperador. Se definen como faltas leves acceder a instalaciones universitarias a las que no se tenga autorizado el acceso, actuar para copiar el contenido de exámenes a través de medios que no se consideren graves o muy graves, o realizar actos que deterioren de forma no grave el patrimonio de la universidad.
La nueva Ley pone en el centro de la convivencia la mediación, como vía principal de resolución de conflictos. El régimen disciplinario únicamente entrará en juego cuando las partes rechacen acudir a este procedimiento, la conducta en cuestión se halle excluida de forma expresa (plagio, destrucción del patrimonio, violencia de género…) o cuando no se consiga ningún acuerdo.
NORMAS DE CONIVENCIA
Las universidades públicas y privadas deberán aprobar normas de convivencia que garanticen el respeto a la diversidad y la tolerancia, la igualdad y la inclusión de los colectivos vulnerables; la libertad de expresión, el derecho de reunión y asociación, la libertad de enseñanza y la libertad de cátedra; la eliminación de toda forma de violencia, discriminación y/o acoso; la transparencia en el desarrollo de la actividad académica; la utilización y conservación de los bienes y recursos de la universidad de acuerdo con su función de servicio público; el respeto de los espacios comunes, etc.
Estas deben incluir medidas de prevención y respuesta frente a los casos de violencia, discriminación y/o acoso, que serán de aplicación al estudiantado, al personal docente e investigador y al personal de administración y servicios, cualquiera que sea el instrumento jurídico de vinculación con la universidad.
COMISIÓN DE CONVIVENCIA
Las universidades crearán una Comisión de Convivencia, integrada de manera paritaria por representantes del estudiantado, del personal docente e investigador y del personal de administración y servicios, elegidos por el Claustro a propuesta de cada uno de los sectores, garantizando el principio de composición equilibrada entre mujeres y hombres. Los integrantes del equipo rectoral no podrán formar parte de dicha Comisión. Esta Comisión será la encargada de canalizar las iniciativas y propuestas para mejorar la convivencia en la universidad, promover la utilización del mecanismo de mediación y, en aquellos casos en que resulte procedente, tramitar el procedimiento de mediación como alternativa al régimen sancionador.
La Comisión promoverá la utilización del mecanismo de mediación y podrá realizar sesiones informativas para comunicar a las personas involucradas en un conflicto su disponibilidad y alcance.
(SERVIMEDIA)
07 Sep 2021
AGQ/man