Tribunales

La dimisión en bloque del CGPJ presionaría a los partidos, pero no obliga a un acuerdo de renovación

MADRID
SERVIMEDIA

El fallido proceso de renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) está llevando al límite la paciencia y el funcionamiento del órgano de gobierno de los jueces. Casi tres años después de cumplirse el plazo para su renovación no hay indicios de que el PP y el PSOE puedan llegar a acuerdo y hay sectores que proponen una dimisión en bloque para forzar la renovación. De acuerdo con la legislación vigente esta medida supondría más presión para las formaciones políticas pero, en ningún caso, les obliga a un acuerdo de renovación.

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece los mecanismos para la elección por parte de una mayoría cualificada del Congreso y del Senado de los 20 vocales y del presidente del CGPJ y contempla la posibilidad de que alguno de esos puestos quede vacante por fallecimiento, jubilación o renuncia.

El mecanismo para ocupar esas vacantes está contemplado en el artículo 116 de la citada Ley Orgánica que establece que la baja de cualquier miembro del CGPJ se pondrá en conocimiento de la Cámara que hubiera elegido al vocal cesante para que, en las mismas condiciones, se procediera a “efectuar nueva propuesta por idéntica mayoría que la requerida para la elección inicial”.

Es decir, en caso de dimisión en bloque, lo que tendrían las Cortes Generales sobre la mesa es la renovación del CGPJ, al igual que ahora, pero con el añadido del vacío de poder que supondría esa dimisión, porque la norma no establece ninguna otra posibilidad de sustitución de los vocales ni la designación de un órgano transitorio hasta el nombramiento de sus nuevos miembros.

Esta no es la primera vez que la dimisión de todos o de un número significativo de vocales para presionar a los partidos se pone sobre la mesa. Ya en diciembre de 2018 los vocales Álvaro Cuesta, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda, elegidos por formaciones progresistas, sometieron al pleno del CGPJ una iniciativa así.

Sin embargo, nunca se ha llegado a abrir paso esta propuesta por los riesgos que comporta. Sus detractores sostienen que hasta la última reforma del CGPJ que limitó sus capacidades para hacer nombramientos cuando esté en funciones, el Consejo caducado mantenía todas sus competencia y, por tanto, no se produciría la parálisis que sí estaría garantizada si se produjera una renuncia colectiva de sus miembros.

El vocal José María Macías, ya alertó en 2018 de que “está por ver que la renuncia fuerce a la negociación si los obligados no quieren negociar, de manera que lo único que se conseguiría (con la dimisión) sería descabezar el gobierno del poder judicial o, dicho más llanamente, generar un conflicto institucional”.

(SERVIMEDIA)
07 Sep 2021
SGR/man