Tribunales
El TSJCat anula la decisión de un juzgado para tratar a un enfermo de Covid-10 con ozono
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJCat) ha acordado anular la decisión de un juzgado que autorizaba a tratar con ozono a un paciente con Covid-19. El centro hospitalario en el que se le trataba se oponía a aplicar esta terapia por entender que su aplicación carece de evidencias científicas que avalen su eficacia. Ahora, el TSJCat paraliza al aplicación de ozono por entender que no tiene aval científico.
La familia del paciente acudió a la justicia y consiguió que avalase la aplicación de ozonoterapia el enfermo. Ante esta decisión, la Consellería de Salut de la Generalitat interpuso recurso que ahora se resuelve a su favor.
Esta decisión es contraria a la que tomaron los juzgados de Castellón hace pocas semanas, que autorizaron el “tratamiento compasivo” con ozono de un enfermo grave de coronavirus, pese a la oposición de los facultativos y los colegios médicos.
En el caso del paciente catalán, el juzgado de instancia autorizó el tratamiento el pasado 13 de agosto. La Generalitat basó su recurso en el argumento de que este tratamiento no está autorizado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) al no tener evidencias científicas de su eficacia.
El Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña también ha alzado la voz contra esta técnica que considera una ‘pseudoterapia’ para tratar a pacientes que están en la UCI. Sostiene que la ozonoterapia no está ni testada ni avalada por las autoridades sanitarias.
(SERVIMEDIA)
02 Sep 2021
SGR/pai