Madrid. La nueva Ley de Protección de Animales Domésticos prohíbe la mendicidad con mascotas y alimentar animales abandonados

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Gobierno aprobó hoy la modificación de la Ley de Protección de Animales Domésticos, del año 1990, con el objetivo de adaptar el texto normativo a la realidad social de hoy en día, explicó la consejera de Medio Ambiente, Ana Isabel Mariño, quien señaló que se prohibirá la mendicidad con mascotas o dar de comer a animales abandonados.

Tras señalar que se persigue combatir el abandono de animales domésticos y luchar contra el maltrato de las mascotas, indicó que, con esta modificación legislativa, “se clarifican y ajustan las obligaciones del poseedor de animales domésticos a los estándares de cuidado y atención propios de la sociedad actual, y se incluyen prohibiciones relacionadas con animales potencialmente peligrosos.

Con la nueva norma se pretende asegurar que los ciudadanos que posean un animal se responsabilicen de su tenencia.

Además de tener la obligación de identificar a su animal de compañía con un chip y evitar su reproducción incontrolada, los dueños tendrán tres días para comunicar a la administración el extravío, muerte o cambio de titularidad de su mascota.

Se da ese mismo plazo para recogerlos en los centros de acogida tras haberlos extraviado, abonando los gastos causados por su recogida, estancia y cuidados veterinarios.

La propuesta de reforma de la Ley pretende también evitar cualquier tipo de sufrimiento de los animales domésticos y, para ello, prohíbe mantenerlos atados o encerrados en condiciones que generen un daño al animal.

Además de prohibir alimentar a animales abandonados, tampoco podrán exhibirse animales domésticos en locales de diversión, usarlos en ferias.

Además, estará prohibida la entrada de animales en zonas destinadas a juegos infantiles.

Con el objeto de simplificar las cargas administrativas y mejorar la eficacia de la gestión, la Comunidad de Madrid asume el mantenimiento del actual registro de identificación de animales de compañía, que deberá actualizarse con la información aportada por los ayuntamientos, y exime de

esa obligación a los consistorios.

El citado proyecto amplía los casos en que los ayuntamientos y la Comunidad podrán retirar cautelarmente un animal a su dueño cuando existan riesgos para la seguridad o la salud de las personas, o para el propio animal.

Respecto a los criaderos y puntos de venta de animales, el nuevo texto favorece la compra responsable de mascotas y regula más exhaustivamente la venta.

Asimismo, el Gobierno regional endurece las sanciones e incluye nuevas infracciones con el objetivo de proteger al máximo a los animales.

Se señalan como nuevas infracciones leves alimentar a animales vagabundos, ejercer la mendicidad con ellos y no comunicar su pérdida, muerte o cambio de titularidad en un plazo de 72 horas.

Según el nuevo texto, las sanciones leves incrementan su cuantía y pasan de ser de entre 30 y 1.200 euros, a 300 y 1.500 euros.

Además, pasa a considerarse infracción grave (antes leve) no identificar correctamente a los animales.

También como novedad se considerará grave fomentar comportamientos agresivos en los animales, mantenerlos atados en unas condiciones que supongan un sufrimiento para el animal o no proporcionarles los tratamientos veterinarios necesarios.

En este caso, la cuantía económica pasa de los 1.201 hasta 2.400 euros actuales, hasta los 1.501 euros y 6.000 euros de la nueva normativa.

Por último, la reforma propone, además, nuevas causas de sanción muy grave como la grabación de imágenes de contenido cruel o que supongan maltrato de animales domésticos.

Las sanciones irán desde los 6.001 hasta los 30.000 euros, frente a los 2.401 hasta 15.000 euros actuales.

(SERVIMEDIA)
06 Oct 2011
SMO/jrv