GALICIA. FEIJÓO CRITICA QUE EL ESTADO PUEDE ENDEUDARSE "EL DOBLE" QUE LAS COMUNIDADES
- Reprocha que el Gobierno central pueda incurrir en el "doble de deuda, no teniendo ningún servicio público que gestionar, salvo el fracaso del paro"
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El presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijóo, criticó hoy la decisión del Gobierno central de limitar a las comunidades su endeudamiento al 2,5% de PIB, cuando para el Estado se reserva el doble de capacidad: un 5,4%. En este sentido, reprochó que el Gobierno central pueda incurrir en el "doble de deuda" que las comunidades autónomas, "no teniendo ningún servicio público que gestionar, salvo el fracaso del paro".
En opinión de Feijóo, "no es entendible" esta situación, máxime teniendo en cuenta que "se insiste en la necesidad de devolver" la deuda contraída por Galicia por las liquidaciones negativas de 2008 y 2009.
A causa de estas medidas, el presidente gallego asegura que la comunidad está "sin instrumentos financieros para afrontar la crisis económica", por lo que acusa al Gobierno central de "falta de rigor".
CONSEJO DE POLÍTICA FISCAL
El dirigente autonómico incidió en las acusaciones vertidas ayer por la consejera gallega de Hacienda, Marta Fernández Curras, que acudió al Consejo de Política Fiscal y Financiera, donde acusó al Gobierno de limitar la capacidad de endeudamiento de las comunidades, al decidir imputar al ejercicio de 2010 las cantidades que las autonomías adeudan a las arcas estatales por las transferencias de 2008. Según el Gobierno gallego, esto reducirá la capacidad de maniobra de las comunidades.
Aunque Galicia decidió acogerse a la oferta de fijar en un 3,5% la capacidad de endeudamiento, la consejera gallega criticó que no es coherente esta medida, dado que si la ley de estabilidad presupuestaria prevé que el objetivo máximo sea de 1%, al superarlo es necesario presentar un plan de reequilibrio económico-financiero, en lugar de un plan de saneamiento, condición que requerirá el Gobierno para incurrir en esta deuda.
(SERVIMEDIA)
08 Oct 2009
MAG/jrv