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El Gobierno saca a audiencia pública la creación de un mercado para reforzar la energía renovable en el sistema eléctrico

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico anunció este lunes la apertura del proceso de audiencia pública sobre una orden para crear un mercado de capacidad que garantice el suministro en un sistema eléctrico con alta penetración renovable y que estará abierto a comentarios o sugerencias hasta el próximo día 12 de mayo.

Con la norma busca avanzar en la integración de las energías renovables en el mix de generación en línea con los objetivos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 y en coherencia con la política energética desarrollada por el ministerio.

Asimismo, persigue cumplir con los objetivos de la Estrategia de Almacenamiento Energético, aprobada en febrero por el Gobierno y con el que pretende lograr una capacidad total de unos 20 gigavatios (GW) en el año 2030, contando con los 8,3 gigavatios (GW) de almacenamiento disponible a día de hoy.

El propósito final de los mecanismos de capacidad es contar con capacidad energética para asegurar el suministro en los momentos de máxima tensión o dificultad para el sistema como es por la noche, donde no hay recurso posible a energía solar; o cuando no hay viento o se produce un alto consumo energético por temperaturas muy bajas.

Son momentos donde la demanda energética provoca una punta y las renovables sin almacenamiento no son capaces de aportar toda la energía que necesita el mix de generación, algo que vendría a solucionar el nuevo mercado de capacidad.

Según el Ministerio, la norma aportará señales de precio claras y transparentes a largo plazo, lo que incentivará la inversión y permitirá que tecnologías limpias y firmes, como los sistemas de almacenamiento energético, puedan entrar en el mix y desplazar a tecnologías más contaminantes conforme alcanzan mayor competitividad

Además, estos mercados de capacidad contribuyen a evitar episodios de precios muy elevados en los momentos de escasez, reduciendo la volatilidad de precios y dando certidumbre a los consumidores, generadores y titulares de instalaciones de almacenamiento.

La propuesta del Ministerio regulada en este proyecto normativo es que el mercado de capacidad sea un sistema centralizado y que Red Eléctrica de España, operador del sistema, contrate la potencia máxima que estime que se va a requerir en función de las necesidades que detecte en sus análisis de cobertura.

Dicha potencia debería servir para abastecer la demanda en los momentos de mayor estrés para el sistema eléctrico peninsular, y la contratará a través de procedimientos competitivos mediante subastas ‘pay-as-bid’. Son subastas donde los proveedores indican el precio al que están dispuestos a vender su producción energética y se fija según los mismos cuando se adjudican.

Los participantes en estas subastas podrán ser instalaciones de consumidores, de generación o almacenamiento, incluidas las instalaciones de autoconsumo, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

La normativa prevé dos subastas de capacidad, unas principales y anuales, asociadas a un periodo de prestación de servicio por cinco años, y las llamadas subastas de ajuste, también anuales pero asociadas a un periodo de prestación del servicio de doce meses. Estás últimas servirán para resolver posibles problemas de cobertura que no sean cubiertas por las subastas principales.

Sin embargo, y hasta que se celebre la primera subasta principal, la normativa prevé celebrar subastas extraordinarias anuales de manera transitoria. Las primeras subastas se celebrarán una vez se haya publicado la orden ministerial y recabado la autorización de la Comisión Europea, y se convocarán mediante resolución de la Secretaría de Estado de Energía.

DIEZ AÑOS

La norma se constituye como un instrumento temporal cuyo mecanismo se revisará al menos cada diez años, no creará distorsiones innecesarias en el mercado y establecerá incentivos para asegurar la disponibilidad de estas tecnologías en los momentos en los que sean necesarias, cumpliendo así con los principios generales de aplicación.

Asimismo, la orden fija un límite máximo de emisiones de CO2 de 550 gramos por kWh para las instalaciones de generación existentes participantes en el mecanismo, en línea con la normativa comunitaria y establece que las nuevas inversiones que deseen participar en el mecanismo deberán acreditar que se corresponden con instalaciones no emisoras.

La normativa fija también el régimen retributivo de los proveedores de servicio, recoge un esquema de penalizaciones en caso de incumplimiento por parte de los sujetos y establece que el mercado de capacidad seguirá financiándose por los consumidores de energía eléctrica.

(SERVIMEDIA)
19 Abr 2021
ECR/clc