Tribunales

El Constitucional admite a trámite el recurso de Puigdemont y otros consejeros y no suspende las órdenes de detención dictadas por el Supremo

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido por unanimidad a trámite el recurso de amparo presentado por Carles Puigdemont, Antoni Comín, Clara Ponsatí y Lluis Puig contra los autos dictados por el magistrado instructor Pablo Llarena en 2019 y los de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 2020 en la causa especial sobre el ‘procés’ y rechaza suspender las órdenes de detención dictadas contra ellos.

El tribunal aprecia que en el recurso concurre una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal y porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica.

El Pleno acuerda que se dirija atenta comunicación a la Sala Penal del Tribunal Supremo para que remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes a los autos anteriormente citados.

En relación con la solicitud de suspensión formulada en la demanda de amparo mediante otrosí, el Pleno no considera justificada su adopción inaudita parte a la vista de los derechos fundamentales cuya vulneración alegan los demandantes, así como la naturaleza cautelar de la resolución judicial impugnada y los intereses constitucionalmente relevantes que se dirige a tutelar.

En consecuencia, procede formar la oportuna pieza separada de suspensión y dar traslado al Ministerio Fiscal y al solicitante de amparo para que efectúen o, en su caso, amplíen alegaciones respecto a dicha petición cautelar. De la sentencia que en su día se dicte será ponente el Magistrado Cándido Conde-Pumpido Tourón.

(SERVIMEDIA)
18 Mar 2021
SGR/gja