Competencia pide que su opinión sea determinante en las decisiones de la CNE que afecten a los mercados

- Urge a clarificar qué comercializadores pueden suministrar la tarifa de gas de último recurso

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de la Competencia reclama que las decisiones de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) que influyan significativamente sobre las condiciones de competencia en los mercados requieran de su informe determinante.

En sus informes sobre los anteproyectos de ley por los que se modifican la ley del sector de hidrocarburos y la del sector eléctrico, el organismo que preside Luis Berenguer pide que en esta norma se incluya la obligación de que la CNE informe a Competencia en aquellos asuntos que puedan afectar a los mercados.

En concreto, pide que el texto precise que las decisiones que dicte la CNE, en forma de circulares, sobre las materias en las que es competente, requieran no sólo un informe preceptivo del Consejo Consultivo de Hidrocarburos, sino que, "en caso de incidir significativamente sobre las condiciones de competencia en los mercados" también sea necesario "un informe determinante de la Comisión Nacional de la Competencia".

El regulador entiende que "sin perjuicio de la obvia importancia de la necesidad de confidencialidad en relación con la información de que dispone la CNE, es evidente que no sólo el Ministerio de Industria o las administraciones autonómicas correspondientes pueden necesitar conocer estos datos y extremos para desarrollar sus competencias, sino también la CNC".

Lo contrario, en su opinión, "impediría el correcto funcionamiento del régimen de colaboración y cooperación previsto tanto en la Ley de Defensa de la Competencia como en la Ley del Sector de Hidrocarburos".

Por todo lo anterior, "se demanda que se incluya a la CNC entre las entidades que pueden acceder a tal información confidencial, junto al Ministerio de Industria y las correspondientes administraciones autonómicas".

"En el caso de que se detecten actos, acuerdos, prácticas o conductas que presenten indicios de ser contrarios a la competencia, lo pondrán en conocimiento de la Comisión aportando todos los elementos a su alcance", apunta la CNC.

Este precepto introduce la previsión de que las solicitudes de concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos o de almacenamientos subterráneos, deberán someterse, "con carácter general", a un procedimiento se concurrencia en todos aquellos casos que no se deriven de permisos de investigación de hidrocarburos.

Algo que, según la Comisión Nacional de Competencia, mejora la regulación actualmente vigente, garantizándose mediante una norma con rango de Ley la existencia de unas condiciones de concurrencia adecuadas en las concesiones directas de explotación.

Por otro lado, el regulador estima que sería conveniente que en el anteproyecto de ley del sector de hidrocarburos se detallaran los criterios que se van a tener en cuenta para determinar qué comercializadores pueden ser comercializadores de último recurso (CUR) en gas.

Estos criterios "en todo caso deben ser transparentes, objetivos y no discriminatorios". Además, pide que a la mayor brevedad se proceda a clarificar qué comercializadores pueden ser CUR.

Entre otras cosas, el organismo que preside Berenguer demanda "todos los mecanismos necesarios" para garantizar una "separación funcional" entre las actividades reguladas y libres tanto de las empresas del sector eléctrico como de hidrocarburos.

(SERVIMEDIA)
18 Jun 2011
CCB/jrv/caa