1.613 TITULADOS ESPAÑOLES OBTUVIERON ACREDITACIONES PARA EJERCER EN EUROPA ENTRE 1986 Y 1990

MADRID
SERVIMEDIA

Un total de 1.613 titulados españoles han obtenido acreditaciones para ejercer su profesión en otros estados comunitarios desde 1986, según datos de la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Estas 1.613 acreditaciones fueron conceddas entre los años 1986 y 1990. El número total de autorizaciones expedidas desde la entrada de España en la CE es mayor, ya que hay que tener en cuenta que en 1991 entró en vigor en España la directiva general de reconocimiento de títulos superiores.

De las 1.623 acreditaciones facilitadas a titulados españoles, 107 fueron concedidas en 1986, 194 en 1987, 439 en 1988, 152 en 1989 y 421 el año pasado.

Los que han mostrado un mayor interés por el ejercicio de su profesión en otros países de la CE an sido los médicos, colectivo al que se concedió un total de 1.288 acreditaciones, seguidos de los enfermeros (220 autorizaciones), médicos especialistas (40), veterinarios (35), farmacéuticos (23) y arquitectos (7).

En cuanto a los titulados de otros estados comunitarios reconocidos en España, fueron un total de 1.114 entre 1986 y 1990, de los que 147 fueron recocidos el mismo año que España se adhirió a la CE, 222 en 1987, 330 en 1988, 184 en 1989 y 231 el año pasado.

En este caso, fueron los édicos especialistas los más demandados en España, con un total de 354 títulos reconocidos. Les siguen los licenciados en medicina general (313), los enfermeros (243), los arquitectos (143), los veterinarios (33), los farmacéuticos (23) y las matronas (5 autorizaciones).

La libre circulación de personas es uno de los derechos fundamentales reconocido en el Tratado Constituido de la CE, mediante el que se garantiza a los ciudadanos de los estados miembros el acceso a las actividades profesionales en culquier país comunitario, bajo las mismas condiciones que los naturales del país de acogida.

Las medidas destinadas a establecer progresivamente el mercado interior deben adoptarse en los países miembros antes del 31 de diciembre de 1992. Cuando España entró en la CE ya estaban aprobadas las directivas sectoriales sobre enfermeros, odontólogos, veterinarios, médicos, farmacéuticos, matronas y arquitectos, así como la de abogados, ésta última con algunas limitaciones.

Para que estas directivas seanefectivas en los países comunitarios, cada Estado miembro debe aprobar las correspondientes normas de derecho interno. A finales de 1990 España ya había aprobado los decretos sobre veterinarios, arquitectos, farmacéuticos, médicos y enfermeros y a lo largo de este año los de otras profesiones.

(SERVIMEDIA)
02 Nov 1991
NLV