Menores

Uteca insta al Gobierno a que actúe contra los 'influencers' que vulneran la protección al menor

MADRID
SERVIMEDIA

La Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (Uteca) instó este lunes al Gobierno a aplicar, "sin más dilaciones", la actual Ley General de la Comunicación Audiovisual a los 'influencers' para acabar con los numerosos incumplimientos detectados en materia de publicidad y de protección al menor.

"La aplicación íntegra de la ley a los 'influencers' permitirá reducir la creciente alarma social generada por su actividad, además de avanzar en la necesaria igualdad en derechos y obligaciones entre todos los prestadores de servicios audiovisuales, sea cual sea su tecnología y soporte de emisión", sostiene Uteca en un comunicado.

Recuerda esta organización que en su informe sobre el anteproyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual, la CNMC cita un estudio interno en el que técnicos del organismo de supervisión han analizado 657 vídeos subidos por 'influencers' a las más populares plataformas de intercambio de vídeo, con un total de 420 horas de visionado. Basándose en dicho análisis, la CNMC constata que “en una gran parte de los contenidos que emiten estos agentes en las plataformas de intercambio de vídeo existen comunicaciones comerciales no identificadas o contenidos audiovisuales que pueden ser perjudiciales o inapropiados para los menores”.

El estudio entra al detalle de lo observado en algunas de las más conocidas. Así, en los vídeos de Youtube y Twitch señala que “lo más relevante, por su presencia en más de la mitad de los vídeos visionados, es la existencia de contenidos que pudieran vulnerar la normativa sobre protección de los menores y de comunicaciones comerciales”.

En cuanto a Instagram TV, la CNMC alerta de que “también se ha apreciado una alta exposición de contenidos comerciales por parte de estos agentes sin la debida identificación de los mismos”.

El análisis de la CNMC confirma todas las alarmas sobre la ausencia de controles y el riesgo que supone para los menores, colectivo vulnerable de especial protección.

La aplicación de la ley actual a estos nuevos agentes audiovisuales está amparada en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 2015, que consideró “programas” a los videos cortos que crean y difunden. Y, por tanto, “servicios audiovisuales sujetos a regulación”. Solo es preciso delimitar aquellos vídeos y canales que tendrán esa consideración de “prestadores de servicios audiovisuales” y estarán sometidos a la Ley General de la Comunicación Audiovisual, en función de un número mínimo de suscriptores, visualizaciones e ingresos económicos generados.

(SERVIMEDIA)
15 Feb 2021
MAN/gja