El CGPJ archiva la investigación abierta a los jueces que dejaron a Troitiño en libertad

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decido archivar la investigación abierta a los magistrados de la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y Ángeles Barreiro, por dejar en libertad el pasado 13 de abril al etarra Antonio Troitiño.

Los vocales de la Comisión Disciplinaria decidieron el lunes archivar la investigación al concluir que se trata de una cuestión jurisdiccional y no disciplinaria, informaron este martes fuentes del CGPJ.

La investigación fue abierta a raíz de la denuncia presentada el pasado 25 de abril por el sindicato Manos Limpias, quien acusó a los tres jueces de haber cometido faltas de negligencia o imprudencia grave, ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales y vulneración del principio de seguridad jurídica.

Manos Limpias aseguraba que la decisión de la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional de dejar en libertad a Troitiño, que se encuentra en la actualidad en paradero desconocido y bajo busca y captura, ha generado “alarma social” e “inseguridad jurídica” y ha provocado “la indignación de las víctimas”.

La denuncia afirmaba que los magistrados Guevara, Ruiz Polanco y Barreriro deterioraron la imagen de la justicia y restaron credibilidad al Poder Judicial.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional enmendó finalmente su propia decisión y revocó la puesta en libertad de Troitiño, al que puso en busca y captura.

CÁLCULO DE LA AUDIENCIA

El etarra quedó en libertad el pasado 13 de abril después de que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional realizara un nuevo cálculo sobre su permanencia en prisión aplicando un criterio con el que el terrorista fue excarcelado tras cumplir 24 años de cárcel a pesar de haber sido condenado a 2.746 años de cárcel por 22 asesinatos cometidos entre 1983 y 1986.

La Fiscalía recurrió la puesta en libertad de Troitiño al entender que el tribunal aplicó erróneamente en este caso la doctrina del “doble cómputo”, con la que un día en prisión preventiva -antes de ser juzgado- cuenta como dos si a la vez se está cumpliendo una condena firme.

RECTIFICACIÓN DEL SUPREMO

El tribunal rectificó después de que el Tribunal Supremo diera a conocer una sentencia en la que reiteraba que el “doble cómputo” se debe aplicar al total de las condenas y no al máximo legal de permanencia en prisión, con lo que los etarras condenados a grandes penas no saldrán antes de la cárcel.

Tras aplicar el criterio fijado por el Alto Tribunal, la Sección Tercera hizo un nuevo cálculo y concluyó que Troitiño no debería haber salido de prisión hasta el 8 de enero de 2017. Los magistrados ordenaron entonces “la inmediata búsqueda y captura de Troitiño a efecto del cumplimiento del resto de la condena hasta alcanzar el máximo de 30 años”.

(SERVIMEDIA)
07 Jun 2011
DCD/jrv