El Gobierno limita la "guerra de pasivos"

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros ha aprobado una regulación en la que se pone coto a la conocida "guerra de pasivos" de las entidades financieras, con la que se exigen contribuciones adicionales a los Fondos de Garantía de Depósitos a los bancos y cajas que remuneren excesivamente sus depósitos, tanto a plazo como a la vista.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, defendió esta iniciativa, con la que se busca "evitar estas guerras de depósitos, que al final acaban siendo préstamos más caros para todo el mundo".

De esta manera, se establece que las contribuciones a los Fondos de Garantía de Depósitos se calcularán ponderando en un 500% los importes de los depósitos que se remuneren por encima de unos determinados umbrales.

En el caso de depósitos a plazo con una duración igual o inferior a tres meses, más de 150 puntos básicos sobre euríbor a tres meses.

En cuanto a depósitos a plazo con una duración superior a tres meses e inferior a un año, más de 150 puntos básicos sobre euríbor medio a seis meses.

Mientras, en depósitos a plazo con una duración igual o superior a un año, más de 100 puntos básicos sobre euríbor medio a doce meses.

Por último, en caso de depósitos a la vista, más de 100 puntos básicos sobre euríbor medio a un mes.

Desde el Gobierno indicaron que conforme a los datos más actuales del Banco de España, esos umbrales serían del 2,934% para el depósito a plazo tres meses o inferior, y 3,214% de límite para el depósito a plazo superior a tres meses e inferior a un año.

El límite para el depósito a plazo igual o superior a un año se fija en el 3,137%, y el del depósito a la vista en el 2,223%.

Por otra parte, se establece que trimestralmente las entidades comunicarán el importe total de sus depósitos cuya remuneración exceda de los límites e ingresarán los importes que correspondan.

Además, la ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, teniendo en cuenta la evolución del precio del dinero y del coste medio del pasivo de las entidades podrá modificar los límites a la remuneración y reducir o elevar la sobreponderación de las atribuciones a los Fondos de Garantía de Depósito.

La entrada en vigor de este nuevo régimen se producirá al mes de su publicación, período en el que el Banco de España aprobará una circular en la que fijará los tipos de interés mencionados anteriormente.

(SERVIMEDIA)
03 Jun 2011
BPP/jrv