ETA. El Supremo condena a cuatro años de cárcel a Portu y Sarasola por el intento de atentado en Azca

- Revoca la absolución dictada por la Audiencia Nacional

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha revocado la decisión de la Audiencia Nacional y ha condenado a sendas penas de cuatro años de cárcel a los etarras de la T4, Igor Portu y Mattin Sarasola, por intentar volar el complejo financiero de Azca, en el centro de Madrid, antes de las elecciones generales del 9 de marzo de 2008.

Los magistrados de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal han estimado el recurso de la Fiscalía y han anulado parte de la sentencia dictada por el 1 de junio de 2010 por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El Supremo ha encontrado a Portu y Sarasola culpables de un delito de conspiración para cometer un delito de estragos, según se recoge en la sentencia hecha pública hoy.

El Alto Tribunal, en contra de lo defendido por la Audiencia Nacional, considera que Portu y Sarasola sí superaron la fase de ideación para “integrarse en la fase de preparación” del atentado, lo que determina su condena por conspiración.

Los magistrados, presididos por Juan Saavedra, aseguran que los terroristas “exteriorizan su voluntad de realizar el hecho desde el momento en el que alquilan el coche, se desplazan a Madrid, buscan la localización del lugar de colocación del coche bomba, con el evidente propósito de participar en el hecho diseñado por la banda armada”. El Supremo llega a decir que Portu y Sarasola realizaron “actos que rayan el comienzo de la ejecución” del atentado.

DECISIÓN DE LA AUDIENCIA

A pesar de absolver a los terroristas del intento de atentado en Azca, los magistrados de la Audiencia Nacional condenaron en la sentencia del 1 de junio de 2010 a 17 años y medio de prisión a Portu y Sarasola y a 16 años de cárcel al también etarra Mikel San Sebastián por delitos de integración en organización terrorista, tenencia de explosivos con fines terroristas y tenencia ilícita de armas.

Por lo tanto, con la decisión adoptada ahora por el Tribunal Supremo, Portu y Sarasola deberán cumplir por esta causa un total de 21 años y medio de prisión.

El tribunal de la Audiencia Nacional, presidido por el magistrado Javier Gómez Bermúdez, argumentó que, si bien se ha acreditado que Portu y Sarasola realizaron las labores de información necesarias para llevar a cabo el atentado, “no consta que existiese una decisión de ejecutarlo, y no habían recibido, al menos antes de su detención, la orden de llevarlo a cabo”.

Portu, Sarasola y San Sebastián fueron condenados en mayo de 2010 a 1.040 años cada uno como autores materiales del atentado de la Terminal 4 del aeropuerto madrileño de Barajas, que tuvo lugar el 30 de diciembre de 2006. La acción terrorista se cobró la vida de los ecuatorianos Carlos Alonso Palate y Diego Armando Estacio y puso punto final al alto el fuego de ETA.

(SERVIMEDIA)
20 Mayo 2011
DCD/jrv