Sector financiero
El Banco de España impone a la banca detallar el estado de sus moratorias y créditos avalados
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La banca tendrá que desnudar ante el Banco de España de forma minuciosa la relación de operaciones concedidas con avales públicos y las moratorias aprobadas para ayudar a clientes, particulares, empresas o autónomos, a encarar la situación creada por la pandemia.
Así figura en la normativa aprobada por el Consejo de Gobierno del Banco de España el pasado día 28 y que ha entrado en vigor ahora tras su publicación el sábado pasado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y donde se especifica la información que deberán remitir las entidades a su Central de Información de Riesgos (CIRBE).
En concreto, las entidades deberán detallar la fecha de comienzo y finalización de las moratorias otorgadas a clientes, y si corresponden a la llamada moratoria legal o la sectorial, además de especificar si la operación ha sido sujeta a una reestructuración o refinanciación.
En el caso de créditos con aval del ICO tendrá que notificar las transacciones y si se aplicó la extensión del plazo de vencimiento o una ampliación en el periodo de carencia en la amortización del principal de la deuda.
El objetivo apuntado por el Banco de España en la regulación es "dar cumplimiento a las obligaciones de información que imponían dichos reales decretos leyes a los prestamistas y apoyar las labores de supervisión e inspección" del organismo.
La CIRBE es el repositorio donde las entidades reportan sus posiciones crediticias con clientes, con la doble utilidad de que ayuda al Banco de España a analizar los riesgos y sirve además como herramienta de consulta para las propias entidades cuando van a conceder nueva financiación a clientes para verificar si es buen pagador o arrastra deudas. Con dichos datos pueden efectuar la evaluación del cliente y saber qué deuda adicional puede o no asumir.
La normativa ahora aprobada actualiza las reglas que rigen el reporte de información para incorporar las novedades normativas que introdujo la Orden ETD/699/2020, que reguló el crédito revolving.
Entre las novedades para adaptarse a dicha orden ministerial amplía el colectivo de las entidades obligadas a facilitar sus posiciones crediticias con clientes a la CIRBE, incluyendo ahora a las entidades de pago y a las entidades de dinero electrónico.
Además, y para ayudas a las entidades a que puedan realizar una evaluación más sólida de la solvencia de sus clientes, se amplía la información que podrán conocer sobre clientes. En concreto, tendrá acceso a posiciones crediticias de clientes desde los 1.000 euros, por encima de los 9.000 euros globales que se ofrecía hasta ahora. El Banco de España enviará o actualizará además la información de posiciones crediticias antes del día 21 de cada mes.
(SERVIMEDIA)
01 Feb 2021
ECR/clc