Ampliación

Bildu. El Supremo asegura que el veto a Bildu “garantiza la libertad de los ciudadanos”

- Afirma que los independientes de la coalición son “meros testaferros de ETA”

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha decidido vetar la totalidad de las candidaturas de Bildu al concluir que la coalición es “el cauce” para que “el brazo político de la banda terrorista ETA” pueda volver a las instituciones y asegura que se ha visto “obligado” a anular las candidaturas de la coalición para “garantizar la seguridad pública y la libertad de los ciudadanos”.

La sentencia de la Sala del 61 del Alto Tribunal, hecha pública a las cuatro de la madrugada de este lunes, afirma que los candidatos independientes incorporados a las listas de la coalición son “meros testaferros de ETA”, por lo que, de acceder a las instituciones, podrían “favorecer una línea de gobierno favorecedora de los fines terroristas” de la banda.

Estos candidatos podrían además “acceder a una información política y administrativa que una vez en manos del grupo terrorista pudiera ser empleada para sus fines delictivos”.

La resolución, que ha contado con el respaldo de nueve magistrados y con el voto en contra de siete, consideran probado que Bildu “se ha erigido como cauce simulado y fraudulento para soslayar la ilegalización judicial del brazo político de la banda terrorista ETA y así permitir el acceso de Batasuna a las instituciones”.

La mayoría de los magistrados de la Sala Especial del Tribunal Supremo concluyen por lo tanto que la anulación de las candidaturas es “una medida obligada” para “garantizar la seguridad pública y la libertad de los ciudadanos”.

RESPONSABILIDAD DE EA

La sentencia, de 119 folios, también es contundente a la hora de afirmar que Eusko Alkartasuna y Alternatiba “habrán de cargar con las consecuencias” de haber cedido “la mayor parte de las candidaturas” de Bildu a Batasuna.

La Sala del 61 considera que el hecho de que la anulación de las listas afecte a “partidos políticos no ilegalizados” como Eusko Alkartasuna y Alternatiba “no es más que consecuencia de los propios actos y decisiones de ambos partidos”.

La decisión de la Sala Especial del Supremo no es definitiva ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional, quien tiene de plazo para resolver hasta la medianoche del próximo jueves, justo antes del comienzo de la campaña electoral.

DIVISIÓN DEL TRIBUNAL

La división ha vuelto a reinar en el seno de la Sala Especial, como sucedió en el caso de Sortu. Al igual que en aquella ocasión, nueve magistrados han votado a favor del veto a Bildu mientras que siete se han expresado en contra.

De este último sector, los magistrados Juan Antonio Xiol, Gonzalo Moliner, José Luis Calvo, Alberto Jorge Barreiro, Rafael Gimeno-Bayón y Manuel Alarcón han emitido un único voto particular al entender que se debería haber permitido que todas las candidaturas de Bildu participasen en las elecciones.

El magistrado José Manuel Sieira, por su parte, ha redactado un voto particular en el que argumenta que se debería haber dejado concurrir a las elecciones a parte de las 254 candidaturas de la coalición.

Xiol, Moliner, Calvo, Jorge Barreiro, Gimeno-Bayón, Alarcón y Sieira fueron los siete magistrados que el pasado 23 de marzo se pronunciaron a favor de declarar legal a Sortu y que, en consecuencia, secundaron el voto particular emitido en aquella ocasión.

AGRUPACIONES DE ELECTORES

De las agrupaciones de electores impugnadas por Fiscalía y Abogacía del Estado, el Tribunal Supremo ha decidido vetar once de ellas y dejar que las otras diez se presenten a las elecciones.

Ministerio Público y Abogacía del Estado impugnaron estas agrupaciones de electores, que fueron presentadas por la izquierda abertzale en aquellas localidades en las que no se alcanzó un acuerdo para concurrir en coalición con Eusko Alkartasuna, bajo el argumento de que están formadas presuntamente por personas vinculadas a Batasuna.

A diferencia del veto contra las candidaturas de Bildu, la decisión de vetar once agrupaciones de electores ha sido adoptada por unanimidad.

Los 16 magistrados de la Sala del 61, encabezados por el presidente del Supremo, Carlos Dívar, tomaron estas decisiones después de más de 12 horas reunidos. Las deliberaciones comenzaron a las 10.15 horas de esta mañana y se desarrollaron casi sin interrupciones, más allá de un breve receso para almorzar, hasta pasadas las 23.00 horas.

CAMBIO DE CALENDARIO

La Sala Especial del Alto Tribunal decidió el viernes por la noche dar 24 horas más a Bildu –hasta la medianoche del sábado- para que pudiera estudiar más detenidamente las demandas y presentar nuevos argumento en contra de la impugnación de sus candidaturas. El Supremo quiso así garantizar el derecho de defensa de Bildu, ya que la coalición se había quejado del poco tiempo que había tenido para preparar sus alegaciones iniciales.

Esta decisión ha trastocado el calendario que la ley impone al Supremo. El Alto Tribunal, en principio, debía resolver sobre las impugnaciones antes de la medianoche sábado.

Esto supone que las partes tendrán ahora un día menos para recurrir el fallo del Supremo ante el Tribunal Constitucional, quien sigue teniendo que resolver antes de las 24.00 horas del 5 mayo, es decir, antes de que comience la campaña electoral.

(SERVIMEDIA)
02 Mayo 2011
DCD