Tribunales

La Fiscalía del TS se opone a la reapertura de la querella del PCE e IU contra el Rey emérito

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía ha dirigido a la Sala Penal del Supremo un escrito en el que se opone a la ampliación de la querella presentada el pasado diciembre contra el Rey emérito por Izquierda Unida, Partido Comunista de España y Foro de Abogados y Abogadas de Izquierdas.

La querella presentada por estas organizaciones de ideología republicana también se dirige contra el empresario mexicano Allen Sanginés-Krause, el coronel Nicolás Murga, el abogado suizo Dante Canónica y Álvaro de Orleans, todos ellos relacionados con donaciones o gestiones de la fortuna del Rey emérito, al que atribuye un total de 13 delitos, entre los que destacan los de cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública.

La Fiscalía considera que el Tribunal Supremo es competente para decidir sobre la causa que se sigue contra Juan Carlos I y recuerda que “la reapertura solo es posible en los supuestos en los que se hubiera acordado en un procedimiento penal ya iniciado el sobreseimiento provisional y hubieran aparecido nuevos elementos de prueba que no constaran en la causa previamente sobreseída”.

Sin embargo, indica el Ministerio público, la querella inicialmente presentada fue inadmitida a trámite el pasado 1 de abril de 2019, por lo que no puede procederse “a la reapertura de un proceso que nunca se abrió”.

Asimismo, el informe de la Fiscalía repara en que la solicitud de reapertura no señala en qué nuevos elementos de prueba pretende basar su petición. El auto de 27 de julio de 2020 del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional acordó una reapertura parcial de la llamada 'Pieza Carol' únicamente respecto de hechos imputables a otras personas, manteniendo el sobreseimiento respecto al resto. Dicha pieza fue de nuevo archivada por el mismo Juzgado por Auto de 28 de octubre de 2020. En ella se investigaba un donación millonaria del monarca a su examante.

En cuanto a la solicitud de ampliación de querella, el informe reitera que se impone su rechazo de plano por la inexistencia de procedimiento abierto o pendiente de reapertura, al haberse inadmitido “ad limine” la querella presentada.

Por otro lado, parte de los hechos relatados en la solicitud de ampliación de querella se produjeron con anterioridad al 19 de junio de 2014 y, por tanto, con carácter previo a la abdicación del querellado, por lo que estaría amparado por la inviolabilidad que el artículo 56.3 de la Constitución garantiza al Jefe del Estado.

Otros hechos imputados en el escrito de ampliación de querella se refieren genéricamente a la existencia de las diligencias de investigación abiertas por la Fiscalía General del Estado, basando fundamentalmente su imputación en lo publicado en diversos medios de comunicación conforme recuerda que las Diligencias de Investigación de la Fiscalía se encuentran pendientes de la práctica de varias diligencias, “cuya realización será decisiva para determinar la participación que la persona investigada hubiese podido tener en la realización de tales hechos, y la consideración técnico-jurídica que los mismos pudieran merecer”, y que “solo en el supuesto de que la persona del investigado (u otra u otras en su caso) fuesen presuntamente responsables de hechos con significación penal, el Fiscal interesaría su inmediata judicialización formulando la oportuna denuncia o querella”.

(SERVIMEDIA)
28 Ene 2021
SGR/clc