Cotizaciones
Las bases mínimas de cotización de 2019 seguirán aplicándose en 2021 hasta que se fije el SMI
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Gobierno ha decidido mantener las bases mínimas de cotización de 2019, que se venían aplicando, durante 2021 “hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional” para el presente ejercicio.
Así lo recoge el real decreto-ley en el que se prorrogan los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y las ayudas de los autónomos hasta el 31 de mayo, que publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entra en vigor hoy mismo.
Según el texto, “hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2021” las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social aplicables durante el año 2021 “serán las vigentes el 31 de diciembre de 2019”.
Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones explicaron a Servimedia que en 2020 no se llegó a aprobar una nueva orden de cotización con el estallido de la pandemia, con lo que se mantenían las bases mínimas de 2019.
El SMI se encuentra prorrogado, en 950 euros mensuales por 14 pagas, y sujeto a que en el diálogo social se alcance un acuerdo para subirlo, aunque las posiciones en este momento son opuestas, dado que los sindicatos piden una subida y la patronal la rechaza.
(SERVIMEDIA)
27 Ene 2021
MMR/clc