Tribunales
El TS pide informe a la Abogacía del Estado sobre la petición de indulto a condenados del `procés´ y rechaza incorporar el informe de la acción popular
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El Tribunal Supremo (TS) ha solicitado este martes informe a la Abogacía del Estado, como parte perjudicada, sobre los indultos pedidos para los condenados en la causa del `procés´, según una diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia de causas especiales.
Por otro lado, el tribunal de esta causa ha rechazado, en una providencia, incorporar al expediente de dichos indultos el informe presentado por la acción popular en esta causa, al no prever el artículo 24 de la Ley de Indulto el dictamen de la acción popular, ya que limita la petición de informe al Ministerio Fiscal y a la parte perjudicada por el delito, en este caso la Abogacía del Estado, que fue acusación particular.
NO ANTES DE LAS ELECCIONES
Los plazos estimados para la concesión de un indulto suelen superar los seis meses, así que parece imposible que el Tribunal Supremo pueda concluir los trámites previos a la redacción de su informe antes de la cita con las urnas en Cataluña, si se mantienen en la fecha del 14 de febrero.
El inicio de la tramitación de estas peticiones de indulto comenzó el pasado 23 de septiembre. Requiere un informe de la Sala que enjuició a los condenados y los previos informes de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado, que ahora reclama.
Precisamente, al inicio del mes de diciembre, la Sala enjuiciadora dictó una providencia para dar traslado a la Fiscalía del expediente de los indultos, para ser informada por los cuatro fiscales que participaron en el procedimiento penal. El traslado incluye toda la documentación penitenciaria en relación con las peticiones de indulto.
Se han presentado siete peticiones de indulto a favor del líder de ERC y exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras; los ex consejeros Dolors Bassa, Joaquim Forn, Josep Rull, Raül Romeva, Jordi Turull, Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó; los dirigentes de la ANC y Òmnium, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart; y la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell.
El trámite de solicitud de los indultos por particulares puede llevarse a cabo por los penados, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre. La concesión, en caso de producirse, compete al Rey, a propuesta del ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, y debe acordarse mediante Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado.
La Sala Penal del Supremo no pide la opinión de Vox sobre las peticiones de indulto para los condenados del `procés´ porque aunque esta formación fue parte en la causa penal y la Ley de Indulto no contempla que la acusación popular se pronuncie, y prevé que sólo lo hagan la acusación pública y el ofendido por el delito, en este caso la Abogacía del Estado.
(SERVIMEDIA)
26 Ene 2021
SGR/clc