El Supremo rechaza por unanimidad la petición de nulidad de Sortu

- El partido podrá acudir ahora al Constitucional

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha rechazado de plano y por unanimidad el incidente de nulidad presentado por Sortu y en el que el nuevo partido de la izquierda abertzale solicitaba que se dejase sin efecto la resolución que decreta que el nuevo partido es ilegal y que le impide presentarse a las elecciones.

Los 16 magistrados de la Sala del 61, encabezados por el propio presidente del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, tomaron esta decisión tras poco más de dos horas reunidos. Han decidido inadmitir a trámite el incidente de nulidad de Sortu por “tratarse de cuestiones que ya están resueltas en el auto” dictado el pasado 1 de abril, según informaron fuentes del Alto Tribunal.

La nueva formación de la izquierda abertzale presentó su incidente de nulidad el jueves de la pasada semana. Sortu debía cumplir con este requisito antes de poder presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional.

Los abogados de Sortu podrán por lo tanto acudir ahora directamente al Tribunal Constitucional para presentar un recurso contra la resolución del Supremo.

RECURSO EN EL CONSTITUCIONAL

La última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial obligaba a agotar todas las instancias antes de acudir al Tribunal Constitucional. Por este motivo Sortu se ha visto obligado a presentar un incidente de nulidad ante el Tribunal Supremo antes de poder interponer un recurso de amparo.

El Tribunal Supremo declaró ilegal a Sortu y le impidió presentarse a las elecciones en un auto notificado el pasado 1 de abril y en el que la Sala del 61 aseguraba que el rechazo a la violencia expresado en los estatutos de la formación no es sincero, ya que responde en realidad a una estrategia diseñada por ETA para poder concurrir a las elecciones bajo la nueva marca electoral y poder volver a las instituciones.

La resolución contó con el voto en contra de siete de los 16 magistrados que componen la sala. Estos magistrados discrepantes sostienen que no existen pruebas suficientes para declarar ilegal a Sortu y para no creer que su ruptura con ETA y su rechazo a la violencia sean reales.

(SERVIMEDIA)
14 Abr 2011
DCD/lmb