Finanzas
La CNMV pone en consulta pública el proyecto de circular contable para las empresas de servicios de inversión
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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha puesto en consulta pública un proyecto de circular para modificar el régimen contable y que se aplique el marco contable general a las empresas de servicios de inversión, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, sociedades gestoras de entidades de tipo cerrado, así como grupos consolidables de empresas de servicios de inversión.
Según informó la CNMV este lunes, el periodo de contestación a la consulta pública por parte de los interesados finaliza el 15 de febrero de 2021.
Se trata de una circular en proyecto que pretende sustituir y derogar la circular 7/2008 sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información reservada de las empresas de servicios de inversión.
El objetivo de la nueva norma es aprobar un nuevo marco normativo de tal forma que los principios, criterios y normas contables aplicables correspondan con los de la normativa contable general (Código de Comercio y su desarrollo) y que los modelos de cuentas anuales y los estados reservados estén adaptados a la actividad propia de las entidades sujetas a esta circular.
Tras varios años de aplicación de la circular de 2008 y habiéndose producido diversas modificaciones de la normativa contable general que han exigido la correspondiente adaptación, se ha considerado preciso evaluar si la singularidad legal y operativa de las entidades sujetas hace conveniente mantener un régimen contable propio.
Al respecto, dado el tamaño de la mayoría de las entidades sujetas, y sobre todo la reducida complejidad de las actividades que con carácter general desarrollan, se ha estimado conveniente realizar una remisión genérica al Plan General de Contabilidad en cuanto a normas contables, estableciendo unos criterios específicos para la elaboración y presentación de las cuentas anuales, manteniendo y simplificando en su caso los modelos de estados reservados financieros que ya se venían remitiendo periódicamente a la CNMV.
La nueva circular no será de aplicación a las empresas de servicios de inversión que incluyan en su programa de actividades los servicios de inversión de gestión de sistemas multilaterales de negociación o de gestión de sistemas organizados de contratación, cuando su objeto principal, la mayor parte de su negocio y la parte más significativa de sus ingresos y gastos procedan de esta operativa. A estas entidades les será de aplicación la circular 9/2008, de 10 de diciembre, de la CNMV.
(SERVIMEDIA)
18 Ene 2021
MMR/clc