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El Gobierno prorroga otro año la ‘cláusula de salvaguarda’ que da ventajas en la jubilación para parados de avanzada edad

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno acordó este martes prorrogar por otro año la llamada ‘cláusula de salvaguarda’, que impide un endurecimiento en las condiciones para obtener las prestaciones de jubilación en el caso de trabajadores que perdieron su empleo antes de la primavera del 2013 y no pudieron incorporarse a un nuevo puesto de trabajo después.

La llamada ‘cláusula de salvaguarda’ era una demanda insistente de los sindicatos UGT y CCOO ante su próximo vencimiento este jueves, día 31 de diciembre. Sin la prórroga alertaron de que muchos parados de larga duración y avanzada edad se podían quedar sin las ventajas con las que se contaba hasta el año 2011 para calcular su prestación por jubilación. No obstante, ambos sindicatos reclaman una solución "definitiva". Esta prórroga beneficiará a unas 35.000 personas, según los cálculos de UGT.

La creación de esta ‘salvaguarda’ data de una norma del 2011 aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que otro posterior de Mariano Rajoy suprimió a partir del 2019, y el ejecutivo de Pedro Sánchez había prorrogado ya en los dos últimos años, siendo ésta la tercera extensión en su vigencia.

La prórroga la realizará el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Pensiones con efectos desde el 1 de enero para determinados colectivos que vieron extinguida su relación laboral antes de abril del 2013 y no pudieron incorporarse a un empleo después.

El Ministerio liderado por José Luis Escrivá precisó que esta situación está condicionada a que después de esa fecha ninguna de estas personas haya sido incluida en algún régimen de la Seguridad Social.

A la misma podrán acogerse también las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o por medio de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa, así como por decisiones adoptadas en procedimientos concursales. La condición en todos los casos es que aprobación o declaración sean previa al 1 de abril de 2013.

Con la medida “se busca proteger a aquellos trabajadores que salieron del mercado laboral a edad avanzada sin haber podido retomar su carrera profesional y con la consiguiente afectación directa en sus cotizaciones y prestaciones”, explicó el Ministerio. En todos los casos, los ciudadanos afectados o beneficiarios podrán, en cualquier caso, optar por la legislación ahora vigente.

Por otra parte, el Gobierno aprobó un acuerdo del Ministerio para suscribir convenios con las comunidades autónomas para el control de la incapacidad temporal en el periodo 2021-2022.

(SERVIMEDIA)
29 Dic 2020
ECR/mmr/pai