Tribunales
El TSJM inadmite la querella de una asociación de médicos contra el consejero de Sanidad madrileño por la gestión del Covid
- La asociación Amyts dirigía la querella contra Ruiz Escudero y los altos cargos de Sanidad en la Comunidad de Madrid
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La Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado la inadmisión a trámite de la querella formulada por la Asociación de Médicos y Titulados Superiores (Amyts) contra el Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero; la Viceconsejera de Asistencia Sanitara y la Directora General del Servicio Madrileño de Salud, la Directora General de la Salud Pública, la Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, y el Director General del Proceso Integrado de la Salud del mismo servicio, al no deducirse de lo actuado indicios suficientes como para otorgar a la conducta denunciada entidad penal.
La asociación querellante, que ha formulado su acción penal por la supuesta comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores, del artículo 316 del Código Penal, y, subsidiariamente, del delito contemplado en el artículo 317, ya ha presentando recurso de súplica ante la Sala contra esta resolución.
Amyts es el sindicato mayoritario entre el colectivo médico de Madrid. Presentó dos denuncias por la falta de protección a los profesionales a raíz de la extensión de la pandemia de Covid-19. La primera de ella iba dirigida contra los responsables sanitarios de la Comunidad de Madrid ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y una segunda pretendía depurar responsabilidades penales contra los responsables sanitarios del Ministerio de Sanidad ante el Tribunal Supremo.
El pasado 18 de diciembre, la Sala II del Tribunal Supremo acordó la inadmisión a trámite de 20 querellas y 30 denuncias presentadas en los últimos meses por distintos sindicatos, asociaciones, organizaciones profesionales del ámbito de la sanidad y de las Fuerzas de Seguridad, familiares de víctimas del coronavirus y un partido político (Vox) contra el Gobierno por su gestión durante la crisis del Covoid, al considerar que no está debidamente justificada la autoría de los hechos punibles atribuidos a los miembros del Ejecutivo.
El Supremo acordaba, no obstante, deducir testimonio de esas querellas y denuncias y remitirlas al juzgado decano de los juzgados de Madrid para que se incoen las causas penales que correspondan, o se acumulen a las que ya estén siendo o hayan sido objeto de tramitación.
En el auto, el TS especificaba que esas investigaciones por los juzgados ordinarios deben incidir en las muertes en residencias de la tercera edad, en la eventual omisión de las medidas de seguridad que se brindaron a los profesionales sanitarios o a los policías y a una posible malversación de fondos públicos en la contratación de materiales fallidos o fraudulentos para combatir la pandemia. Ahora es el TSJM el que inadmite una querella presentada por los profesionales sanitarios.
(SERVIMEDIA)
22 Dic 2020
SGR/clc