Los nuevos contratos entre concesionarios y fabricantes de coches atacan a la libertad de empresa
- Según un informe de Competencia que examina las enmiendas recogidas en la Ley de Economía Sostenible
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) afirma que la enmienda recogida en la Ley de Economía Sostenible que introduce cambios en los contratos de distribución de vehículos automóviles "restringe de una manera injustificada en su necesidad, y desproporcionada en sus efectos, la libertad de empresa".
Estos cambios fueron introducidos con el apoyo de PNV, PP y CiU. Ante la polémica que han causado en el sector de la automoción, el Ministerio de Industria se ha comprometido a mediar con los grupos parlamentarios para dejar sin efectos jurídicos esta enmienda que, posteriormente, serán corregida a través de la nueva Ley de Distribución. Hasta su aprobación, concesionarios y fabricantes se han comprometido a actuar según un código de buenas prácticas.
Las modificaciones introducidas hacen referencia, entre otras cuestiones, a que los concesionarios de automóviles puedan devolver a fábrica el "stock" de vehículos no vendidos. Asimismo, la enmienda establece las indemnizaciones a que debe hacer frente el fabricante en caso de extinción de contrato y elimina el derecho del fabricante de autorizar una cesión del negocio por el concesionario.
En un informe, Competencia explica que este nuevo marco no sólo restringe la libertad de empresa, sino también la autonomía de la voluntad de las partes contratantes y la competencia en el mercado de distribución de automóviles, en perjuicio, en última instancia, de los consumidores.
En efecto, el regulador considera que esta modificación limita la capacidad de autoorganización de las partes, reduce la competencia entre fabricantes y entre distribuidores de la misma o de distinta red, y no garantiza necesariamente mejores precios para el consumidor.
La modificación, asimismo, "no parece adecuada para solucionar los posibles problemas de índole contractual entre distribuidores y fabricantes" y "contraviene el espíritu de la reciente reforma comunitaria en materia de acuerdos verticales en el sector de la automoción", añade este organismo.
Por otro lado, la Comisión recuerda en su informe a los agentes afectados por esta modificación legal que ésta no les exime de cumplir con las normas de competencia. En consecuencia, "las partes en estos contratos no pueden confiar legítimamente en que, al actuar de acuerdo con esta nueva regulación, no les resulta aplicable la normativa de defensa de la competencia", indica.
Por todo ello Competencia sostiene que el nuevo marco al que da lugar esta enmienda "debe ser revisado con ocasión de la futura Ley de Contratos de distribución", y ofrece su colaboración al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para llevar a cabo esa revisión.
Asimismo, la CNC examinará la conveniencia de poner en conocimiento de las Direcciones Generales de Mercado Interior y de Competencia de la Comisión Europea la nueva regulación, a los efectos oportunos.
(SERVIMEDIA)
07 Mar 2011
CCB/GFM