Las 'Tasa Google' y 'Tasa Tobin' enfilan su recta final en el Congreso para su envío posterior al Senado
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Los proyectos de ley del Gobierno para la creación del Impuesto a las Transacciones Financieras, también conocido como ‘tasa Tobin’, y el que regula el nuevo Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales o 'Tasa Google' encaran este jueves una sesión clave, con su análisis en una ponencia especializada de la Comisión de Hacienda para su ratificación, y que despejará su envío posterior al Senado.
La intención declarada por el Gobierno cuando presentó el nuevo cuadro macroeconómico el pasado mes de mayo era acelerar al máximo su aprobación pensando, incluso, en que la Tasa Google pudiese entrar en vigor al final del 2020 y así aliviar la caída de la recaudación que producirá la crisis del coronavirus.
Con una proyección de contracción del 9,2% del PIB este año, para recuperarse un 8,6% el próximo, y que el déficit público suba al 10,7%, su previsión es que el gasto público alcance el 51,5% del PIB, frente al 41,9% de 2019, y que los ingresos caigan un 5,2% respecto al pasado ejercicio.
Con el revés económico por la parálisis de los negocios para frenar el Covid su previsión es que recaudación por IRPF cayese un 2,4% este año; y lo haga también un 8,7% en el Impuesto de Sociedades o que el IVA aporte un 5,2% menos, mientras que los gastos se han disparado por los escudos sociales desplegados para ayudar a familias, empresas, autónomos y trabajadores.
En jueves está programada una monosesión en la Comisión de Hacienda a partir de las 9.00 horas para ratificar las ponencias correspondientes a ambos proyectos de ley, y aprobarlos con competencia legislativa plena, después de que ambos proyectos superasen las enmiendas a la totalidad de Vox, PP y Ciudadanos en junio.
La propuesta del Ejecutivo para la Tasa Tobin, con la que prevé recaudar 850 millones de euros, consiste en gravar con un 0,2% las operaciones de adquisición de acciones de sociedades españolas, con independencia de la residencia de los agentes que intervengan en las operaciones, siempre que sean empresas cotizadas y que el valor de capitalización bursátil de la sociedad sea superior a los 1.000 millones de euros.
Durante la defensa del proyecto de ley el pasado día 11 de junio, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aseguró que el impuesto servirá para “reducir las distorsiones en la competencia, desalentar prácticas especulativas y arriesgadas y prevenir futuras crisis”.
Montero apuntó que actualmente las operaciones que se pretenden gravar “no se sujetan a impuesto alguno”, al existir “un vacío legal” para este tipo de figuras “porque la fiscalidad tradicional no está adaptada a este volumen de operaciones”. Así, advirtió que existe “un privilegio inaceptable y un agravio para el conjunto de los contribuyentes”.
Además, indicó que “no es un invento del Gobierno español, ni una excentricidad” sino que se basa en una directiva que lanzó la Comisión Europea en 2011, cuya intención es que entrase en vigor en los 27 países de la UE para el año 2014. Ante el retraso en aplicarla refirió que diez países -Bélgica, Chipre, Francia, Italia, Finlandia, Rumanía, Grecia, Irlanda, Polonia, Reino Unido- “ya lo aplican de alguna forma".
Los contrarios al tributo, entre los que figura la propia Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), han alertado sobre el riesgo de ahuyentar inversiones que no quieran pagar la tasa, perdiendo financiación para las compañías españolas y competitividad para los mercados nacionales, y alegan un escaso poder recaudatorio o su dificultad para controlarla.
Sobre la Tasa Google hay más aceptación, incluso se demanda desde el mundo empresarial no digital ya que ven un agravio que los negocios asociados a la nueva economía tengan una fiscalidad ventajosa, pero hay una convicción de que se debería imponer a la vez por parte del resto de países europeos para evitar arbitrajes jurisdiccionales.
La propuesta del Ejecutivo es que este impuesto grave con un tipo impositivo del 3% los servicios de publicidad dirigida en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario. Se aplicaría a las empresas dedicadas a estas actividades que registren ingresos anuales de al menos 750 millones de euros a nivel mundial y que tengan ingresos superiores a 3 millones en España.
Durante el debate de su defensa el pasado día 4 de junio cuando superó las enmiendas a la totalidad, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, defendió la creación del impuesto con el fin de reforzar el Estado del bienestar, permitiendo a los ciudadanos “coger el ascensor social”, así como actualizar la fiscalidad a una economía digitalizada.
En la misma línea, la ministra argumentó que la crisis del Covid-19 hace necesario sostener el Estado del bienestar mediante “un sistema fiscal justo y progresivo” que actúe como “pegamento social” y redistribuya la riqueza, además de acercar la recaudación tributaria de España a la de la media de la zona euro. “La fiscalidad actual está pensada para la economía de hace 20 años”, afirmó, destacando la necesidad de crear nuevas figuras fiscales porque “el mundo ha cambiado”.
El principal objetivo es gravar el negocio donde se origina para encarar la “escasa o nula tributación” que tienen las compañías digitales o sus negocios en mercados donde generan su actividad, al tener su residencia fiscal en otra jurisdicción. Se dirige a grandes multinacionales, sin impacto en pymes, minoristas de comercio electrónico o las ventas entre particulares.
En ambos casos la intención declarada por el Gobierno es caminar o adaptar los tributos a las figuras que se creen a escala europea o, en el caso de la Tasa Google, de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
(SERVIMEDIA)
26 Jul 2020
ECR/IPS