Laboral
UGT celebra que la Justicia anule el despido de una trabajadora durante el estado de alarma
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UGT destacó este viernes la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Sabadell, que declara nulo el despido de una empleada con un contrato temporal por obra y servicio que se extinguió el 27 de marzo, durante el estado de alarma generado por la crisis del coronavirus, y obliga a la empresa a readmitirla y a abonar los salarios de tramitación.
En un comunicado, el sindicato valoró positivamente esta sentencia, al considerar que se alinea con los artículos 2 y 5 del Real-Decreto Ley 9/2020, “dirigidos a frenar la avalancha de despidos y extinciones de contratos temporales durante la pandemia”.
En concreto, recordó que el artículo 2 establece que la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada derivadas del Covid-19 no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.
Para UGT, “la finalidad de esta medida es clara: impedir que, por una situación transitoria de crisis o emergencia, dada la singularidad de nuestro régimen laboral que establece el despido como una medida más de ajuste y no como una medida extraordinaria, se produzca una avalancha de despidos y extinciones de contratos”.
Así, el sindicato subrayó que “la sentencia mantiene la nulidad del despido por infringir una prohibición normativa claramente definida por un Real Decreto Ley aprobado expresamente para una situación de emergencia como fue la crisis del coronavirus”, y celebró que la sanción a ese comportamiento irregular de la empresa “es el más duro: la nulidad”.
Por último, UGT indicó su esperanza de que “esta resolución judicial tenga una proyección ejemplarizante sobre todas aquellas conductas e interpretaciones que pretenden restringir los mecanismo de salvaguarda y protección del empleo instaurados por la normativa frente al Covid-19”.
(SERVIMEDIA)
17 Jul 2020
IPS/man