Tribunales
El Constitucional admite a trámite el recurso del PP contra el decreto de medidas urgentes para el acceso a la vivienda en Cataluña
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El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados del PP contra el decreto-ley de la Generalitat de Cataluña de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda; y de otro posterior por el que se modifica el primero, así como el acuerdo del Parlamento de Cataluña de convalidación de este último.
El tribunal ordena que se dé traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado, al Gobierno, así como al Parlamento de Cataluña y a la Generalitat para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.
El Partido Popular presentó un recurso de inconstitucionalidad contra ambos decretos sobre el acceso a la vivienda. Los populares sostienen que esta normativa convierte a Cataluña en una especie de “paraíso okupa”, que parece hecha a medida de las “mafias ilegales”.
Los recurrentes ven indicios de inconstitucionalidad en la regulación de la expropiación forzosa; el nuevo concepto de grandes tenedores y el de pisos vacíos. Se trata, a su juicio, un ataque “frontal” a la propiedad privada y una vulneración de derechos que deja en inferioridad de condiciones a los propietarios catalanes respecto a los de otras comunidades.
El Govern aprobó en marzo de 2019 un primer decreto de acceso a la vivienda que acabó retirando por falta de consenso con las entidades. Tras negociar con plataformas de defensa de la vivienda y los Comunes, el Ejecutivo aprobó en diciembre un nuevo texto que obligaba a los grandes propietarios a que los contratos de alquiler social pasen de tres a siete años; se determina quien es un gran tenedor (a partir de 15 pisos y no en función de los metros cuadrados) y se obliga a los dueños a ofrecer un contrato de alquiler social a personas vulnerables que hayan ocupado una vivienda.
El Parlament convalidó el decreto en febrero y dos semanas después el Consejo de Garantías Estatutarias emitió un dictamen, a propuesta de Ciudadanos, que alertó que el texto vulnera los artículos 9 y 33 de la Constitución. El ente tildó de “irracional” y “arbitrario” el decreto por definir como “vivienda vacía” la que está ocupada ilegalmente y obliga a su dueño a ofrecer un alquiler antes de iniciar una demanda. Los magistrados de la Audiencia de Barcelona consideraron que no ofrecer ese alquiler no frena el desahucio.
(SERVIMEDIA)
16 Jul 2020
SGR/gja