Defensor del Pueblo
El Defensor del Pueblo incide en solventar el desequilibrio financiero de la Seguridad Social sin afectar a la suficiencia de las pensiones
- Cita la posibilidad de un aumento de cotizaciones o la creación de un impuesto específico
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El Defensor del Pueblo incide en solventar el desequilibrio financiero de la Seguridad Social con soluciones “de calado, a corto y medio plazo” y sin afectar a la “suficiencia” de las pensiones ni suponer “recorte de derechos”.
Así lo pone de manifiesto en el Informe Anual 2019 publicado este miércoles en el que destaca que la Seguridad Social cerró 2018 con un saldo negativo de 18.286,46 millones de euros y recuerda que a mediados de la década que empieza “el envejecimiento será determinante” por la jubilación de la generación del ‘baby boom’.
“El desequilibrio financiero exige soluciones de calado, a corto y medio plazo”, recoge el informe, en el que se apela a la necesidad de “garantizar, en cumplimiento del mandato de los artículos 41 y 50 de la Constitución, la solvencia y sostenibilidad del sistema público de pensiones, pero respetando su adecuación y suficiencia”.
Para incrementar los ingresos, el Defensor del Pueblo cita la posibilidad de una mayor financiación a través de los Presupuestos Generales del Estado, “bien creando un impuesto específico para ello, o bien destinando una partida de los impuestos ya existentes”. También nombra la posibilidad de que determinados gastos que se sufragan con cotizaciones sean asumidos por Hacienda como los gastos de funcionamiento de la Seguridad Social, determinadas medidas de fomento del empleo y de reducción temporal de cotizaciones, las prestaciones por maternidad y paternidad y las de subvenciones implícitas a regímenes especiales. Otra solución es un aumento de las cotizaciones, lo que para el Defensor del Pueblo “podría también ser objeto de discusión”.
Desde el lado de la contención del gasto, señala que “podría profundizarse en la reforma paramétrica del sistema de jubilación mediante una combinación de medidas, pero siempre que estas reformas no afectaran a la suficiencia de las pensiones ni supusieran un recorte de derechos”.
Si bien recuerda que el Factor de Sostenibilidad vinculado a la esperanza de vida está suspendido y queda pendiente definir el Índice de Revalorización de las Pensiones, apunta que “el problema de estas soluciones es que pueden suponer un recorte de los derechos o un empeoramiento de las condiciones de su disfrute”. En esta línea, subraya que “algunas implicarían una progresiva caída de la pensión media real, amenazando su adecuación y suficiencia, lo que afectaría muy negativamente a los grupos de población con pensiones más bajas y por tanto a la cohesión social”.
QUEJAS EN SEGURIDAD SOCIAL
Por otra parte, en cuanto a las quejas recibidas en esta institución relacionadas con la actividad de la Seguridad Social, destaca que en 2019 se contabilizaron 1.072, en línea con alrededor de 1.000 quejas que se vienen produciendo cada año.
Las más numerosas se refieren a las pensiones de jubilación, a las prestaciones por incapacidad laboral y a las prestaciones por desempleo, si bien “un alto porcentaje” de las que se admiten a trámite culmina con una “rápida solución” a partir de la intervención del Defensor del Pueblo.
Del conjunto de actuaciones, la institución destaca las recomendaciones para que no se embarguen las cuentas corrientes de los deudores cuando se nutren exclusivamente por ingresos inembargables (el límite es el importe mensual del Salario Mínimo Interprofesional) y reciben atrasos mensuales acumulados.
“Frente al incomprensible rechazo de las administraciones implicadas, el Defensor del Pueblo ha de insistir en que esta práctica resulta injusta e ilegal, ya que, sin respetar el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ni la jurisprudencia constitucional sobre los límites de la embargabilidad, priva a los titulares de un ingreso inferior al SMI mensual que sin embargo han recibido acumulado”, según deja constancia la institución en el informe.
Asimismo, repasa que un año más un “porcentaje muy elevado” de las quejas se refiere a las incapacidades laborales y las discrepancias con el criterio técnico para conceder altas o denegar incapacidades permanentes. “El Defensor del Pueblo, salvo supuestos excepcionales de claras irregularidades formales o materiales, debe respetar la discrecionalidad técnica de los órganos administrativos competentes e inadmitir a trámite las quejas”, recoge.
En materia de pensiones de jubilación, las quejas se refieren al reconocimiento y abono de las mismas de carácter contributivo, con una variada casuística, y se reiteran también en el informe de este año las quejas de pensionistas venezolanos residentes en España que no reciben las prestaciones que les fueron reconocidas.
Como temas positivos citados por el Defensor del Pueblo se encuentra el subsidio para parados mayores de 52 años, rebajándose la edad desde los 55 y ampliando el colectivo a cubrir, y la equiparación de la duración de los permisos por nacimiento de hijo de ambos progenitores y la creación de una nueva prestación para el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, si bien llama la atención sobre las familias monoparentales en las que el hijo estará diez semanas menos al cuidado de su progenitor trabajador, lo que pide que se modifique.
(SERVIMEDIA)
13 Mayo 2020
MMR/gja