Tribunales
El juez de vigilancia penitenciaria deja en manos del Supremo la flexibilización del régimen penitenciario de Forcadell
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Un juez de vigilancia penitenciaria ha avalado las salidas de prisión de la expresidenta del Parlamento de Cataluña Carme Forcadell, en aplicación del artículo 100.2 del régimen penitenciario, y deja en manos del Tribunal Supremo la decisión última sobre la flexibilización del régimen penitenciario de la expresidenta y, previsiblemente, del resto de los presos del `procés´.
En su resolución, el juez de vigilancia penitenciaria número 3 de Lleida desestima el recurso de la Fiscalía y permite la salida de Forcadell de prisión tres días por semana y durante 12 horas, en aplicación del artículo 100.2, para que pueda hacer tareas de voluntariado y para cuidar de su madre.
Forcadell se encuentra interna en la prisión de Mas d'Enric de El Catllar, de Tarragona en cumplimiento de la pena que le impuso por sedición el Tribunal Supremo. El ministerio público puede recurrir la decisión de juez de vigilancia penitenciaria en reforma, es decir ante el propio juez, o en apelación ante el tribunal sentenciador, en este caso el TS. Otros juzgados de vigilancia penitenciaria que han decidido sobre presos del `procés´ han remitido a la Audiencia de Barcelona la resolución de los recursos.
La aplicación del artículo 100.2 permite el progreso a segundo grado y en principio puede ser controlada por las audiencias provinciales y salvar así la vigilancia del Tribunal Supremo, que si sería la instancia adecuada para permitir el progreso a tercer grado.
En este caso, el juez entiende que pese a la gravedad de la pena impuesta a Forcadell, ella ha reconocido los delitos y ha hecho un “análisis funcional y crítico de la conducta delictiva” que ha concluido con su decisión de dejar la actividad política. Destaca, además, la “conducta intachable” de la expresidenta en prisión y su “actitud colaboradora” con otras internas.
(SERVIMEDIA)
12 Mayo 2020
SGR/gja