Tribunales
El CGPJ advierte al Colegio de Abogados de Málaga que es el juez quien decide si una comparecencia se realiza por videoconferencia
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha advertido este lunes al Colegio de Abogados de Málaga de que corresponde al órgano judicial competente en el procedimiento penal la decisión sobre si una comparecencia ha de realizarse a través de videoconferencia u otro sistema similar.
El órgano de gobierno de los jueces ha realizado esta advertencia en relación con el comunicado emitido por el Colegio de Abogados de Málaga anunciando su intención de suspender las guardias presenciales en todos los partidos judiciales de esta provincia andaluza, incluido el de Málaga capital, y en la Fiscalía de Menores, alegando que el artículo 19 del Real Decreto-ley 16/2020, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia establece que durante la vigencia del estado de alarma las actuaciones judiciales “se realizarán preferentemente de forma telemática”.
El CGPJ recuerda que es el juez ante el que se va a practicar la actuación procesal “el que, dentro del procedimiento, ha de acordar lo procedente sobre si la presencia del letrado que deba asistir a la misma ha de ser presencial, por videoconferencia o por otro sistema similar” y añade que “dicha resolución judicial resulta de obligado cumplimiento y, en consecuencia, la falta de acatamiento por el obligado podría conllevar, en su caso, responsabilidad disciplinaria y/o penal”.
(SERVIMEDIA)
11 Mayo 2020
SGR/gja