Coronavirus
Illa podrá cambiar las restricciones del estado de alarma por territorios
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El acuerdo aprobado este martes por el Consejo de Ministros para solicitar autorización al Congreso y prorrogar el estado de alarma establece la posibilidad de que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, pueda modificar las restricciones del confinamiento por territorios.
En el acuerdo remitido pasadas las 15 horas al Congreso, el Ejecutivo solicita la prórroga del estado de alarma hasta el 9 de mayo (inclusive) pero modificando el decreto vigente para incluir salidas de los domicilios de los menores de 14 años.
Así, según recoge Servimedia del texto aprobado por el Gobierno, “los menores de 14 años podrán acompañar a un adulto responsable de su cuidado cuando este realice alguna o algunas de las actividades” permitidas desde el 14 de marzo.
Es decir, los menores pueden acompañar a un adulto para ir a la “adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, así como adquisición de otros productos y prestación de servicios de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo”; “asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; y al “desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial”.
Además de para el “retorno al lugar de residencia habitual, la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; el desplazamiento a entidades financieras y de seguros; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; y cualquier otra actividad de análoga naturaleza”.
Junto al tema de los menores, el Gobierno modifica en esta prórroga el decreto de alarma para habilitar que, el ministro de Sanidad podrá, “en atención a la evolución de la emergencia sanitaria, dictar órdenes e instrucciones en relación con las actividades y desplazamientos a que se refieren los apartados primero a cuarto de este artículo, con el alcance y ámbito territorial que en aquellas se determine”.
En concreto, según recoge Servimedia, “se habilita al Ministro de Sanidad para modificar, ampliar o restringir las medidas, lugares, establecimientos y actividades enumeradas en los apartados 1 a 5 del artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por razones justificadas de salud pública, con el alcance y ámbito territorial que específicamente se determine”.
De tal modo que el Gobierno podrá adoptar medidas de desescalada por territorios con la simple aprobación de órdenes ministeriales dictadas por Salvador Illa.
El titular de Sanidad ya fue designado “autoridad competente delegada” en todas las áreas de responsabilidad que no dependían ni de Interior, ni de Defensa, ni de Transportes, lo que ya le confería elevados poderes administrativos.
(SERVIMEDIA)
21 Abr 2020
MML/mjg