Pensiones. El Gobierno prevé que la reforma contenga el gasto en pensiones en el 13% del PIB en 2040

- Estima que la edad media de jubilación se retrasará en más de dos años para 2027

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este viernes el anteproyecto de reforma del sistema de pensiones con el que el Gobierno espera que el gasto de la Seguridad Social se mantenga en el entorno del 13% en el año 2040. La reforma ha sido acordada con la patronal y los sindicatos.

Fuentes del Ministerio de Trabajo e Inmigración explican que con la reforma se cumplirán los objetivos del Ejecutivo, que suponen mantener el gasto en pensiones en la media de la Unión Europea, es decir, cerca del 13% en 2040.

Según el Gobierno, la reforma no tiene como objetivo el ahorro sino buscar el equilibrio, con un aumento de los ingresos y una reducción de los gastos.

La reforma supone el retraso de la edad ordinaria de jubilación a los 67 años pero con excepciones “muy notables”, que permitirán a los que cumplan 38,5 años de cotización y tengan al menos 65 años de edad, retirarse de forma anticipada sin recortar la cuantía de la pensión.

Además, este periodo de cotización se mejorará en dos supuestos. Por un lado, cubriendo las lagunas de cotización que puedan tener las mujeres que dejaron de trabajar para cuidar a su hijo (hasta un máximo de nueve meses por hijo); y también para los que realizaron labores de formación como becarios y que percibieron alguna renta por ello.

No obstante, en el caso de los becarios, esta medida se aplicará a partir de la entrada en vigor de la reforma y de forma retroactiva sólo durante cuatro años, ofreciendo la posibilidad a los trabajadores de aportar la cotización correspondiente a ese periodo. En el caso de la aplicación retroactiva de esta medida, el límite de años reconocidos será de dos años.

En el de las lagunas de cotización por el cuidado de hijos, se podrán cubrir los paréntesis registrados entre tres meses antes del nacimiento hasta cuatro años después.

APLICACIÓN GRADUAL

La reforma supone también la ampliación a 37 del número de años necesarios para percibir el 100% de la pensión.

Todas estas medidas tendrán una aplicación gradual que comenzará en el año 2013. Los sindicatos habían pedido al Gobierno que el aterrizaje de la reforma fuera más suave, por ello el retraso de la edad de jubilación se implantará de forma más lenta durante los primeros años y más rápida después.

En concreto, la edad de retiro aumentará un mes durante cada uno de los seis primeros años desde la entrada en vigor de la reforma, y dos meses durante los nueve restantes, hasta situarse en los 67 años en 2027.

Por su parte, el número de años cotizados necesarios para la jubilación antes de los 67 años también se incrementa de forma paulatina. En este caso, el aumento de los 35 a los 38,5 años se realizará en siete escalones de dos años cada uno, en los que el periodo necesario para el retiro aumentará en medio año.

Es decir, si la reforma entra en vigor en el año 2013, entre el 2013 y el 2015 serán necesarios 35 años y medio para acceder a la jubilación a los 65 años; entre 2015 y 2017 serán necesarios 36 años, y así sucesivamente.

Por último, la reforma mantiene el requisito de 15 años cotizados para acceder a la pensión mínima, que permitirá percibir el 50% de la prestación. Mientras, el aumento de 35 a 37 años para optar al 100% de la misma se realizará de forma gradual también entre 2013 y 2027.

PERIODO DE CÁLCULO

Por otro lado, la reforma amplía el periodo de años que se computan para calcular la cuantía de la pensión, que pasará de los 15 años actuales a 25 años. Este incremento en el número de años se llevará a cabo de forma gradual durante 10 años, a razón de un año por cada ejercicio.

El Gobierno sostiene que el número de años que se computan siguen siendo pocos en comparación con el resto de países europeos y subraya que no implica una reducción de la cuantía de la pensión.

En concreto, afirma que para los empleados públicos no tendrá prácticamente efecto; será positivo para los que son despedidos en sus últimos años en activo; tampoco tendrá efecto para los que cobran pensiones mínimas o máximas; y sólo afectará especialmente a los que mantienen cotizaciones bajas durante la mayor parte de su vida activa y sólo aportan más los últimos años, como los autónomos.

En este sentido, el Ejecutivo sostiene que esta medida sólo supondrá una variación de cerca de un 1% para los asalariados del régimen general que mantengan una carrera de cotización continua.

Trabajo desmiente también que cada vez las carreras de cotización sean más cortas y asegura que seguirán creciendo hasta el año 2040. La principal explicación es la reducción de la economía sumergida.

Por su parte, frente a los que reclaman que se tenga en cuenta toda la vida laboral para el cálculo de la pensión, el Ejecutivo explica que los datos sobre cotizaciones anteriores a la reforma del año 1985 son muy malos, ya que no hay referencias exactas a las bases de cotización.

JUBILACIÓN FLEXIBLE

Para el Gobierno, esta reforma supone un cambio de concepción del sistema de pensiones, ya que en lugar de estar basado en una edad de jubilación imperativa, ahora se basa en una jubilación flexible.

El principal cambio que propicia esta jubilación flexible es la posibilidad del retiro anticipado voluntario. Esta opción permitirá a los trabajadores que lo deseen jubilarse a partir de los 63 años, siempre y cuando hayan cotizado al menos 33 años.

Los que se jubilen de forma anticipada deberán afrontar una penalización del 7,5% por cada año que adelanten el retiro (ahora es entre un 6% y un 7,5%), mientras que aquellos que se mantengan en activo una vez cumplida su edad de jubilación (67 años o 65 años si tiene más de 38,5 años cotizados) mejorarán la prestación un 3,5% anual (frente al entre 2% y 3% actual).

(SERVIMEDIA)
28 Ene 2011
MFM/jrv/caa