Administración de Justicia

El CGPJ mantiene sin cambios los servicios esenciales en la administración de Justicia

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este lunes mantener los servicios esenciales en la administración de Justicia establecidos en su sesión del pasado 14 de marzo y que habían sido fijados el día anterior en coordinación con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado.

El acuerdo se ha adoptado a la vista del contenido del Real Decreto-Ley de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el Covid-19.

El órgano de gobierno de los jueces señala en su acuerdo que “la actividad jurisdiccional se desarrollará en el respectivo ámbito territorial de acuerdo con lo establecido por las Comisiones de Seguimiento competentes y conforme a los criterios fijados por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial”.

Además, requiere a las administraciones públicas prestacionales la dotación de los medios personales y materiales necesarios para garantizar la prestación de los servicios esenciales fijados y reitera que se mantendrá “la debida colaboración y coordinación con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado con el fin de adaptar el contenido de los serviciosesenciales a la evolución de las necesidades”.

El Real Decreto-Ley citado establece en su disposición adicional tercera que “los jueces, fiscales, letrados de la Administración de Justicia y demás personal al servicio de la misma seguirán atendiendo las actuaciones procesales no suspendidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria y, de esta manera, cumplirán con los servicios esenciales fijados consensuadamente por el Ministerio de Justicia, el CGP, la Fiscalía General del Estado, las comunidades autónomas con competencias en la materia, y plasmados en la Resolución del Secretario de Estado de Justicia de fecha 14 de marzo, con las adaptaciones que en su caso sean necesarias”.

Además, continuarán prestando servicios el personal de Administración de Justicia que sea necesario para la prestación de servicios esenciales del Registro Civil conforme a las Instrucciones del Ministerio de Justicia.

La Comisión Permanente también ha acordado mantener los servicios esenciales en los centros de trabajo del Consejo General del Poder Judicial y la organización de los mismos conforme a las instrucciones y protocolos de actuación establecidos por este órgano constitucional, sin perjuicio de ulteriores adaptaciones de acuerdo con las disposiciones dictadas por las autoridades competentes.

(SERVIMEDIA)
30 Mar 2020
SGR/gja