Salud
Fabricantes y farmacéuticas deberán desde hoy informar y abastecer de medicamentos puntualmente para la crisis del Covid-19
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Fabricantes y titulares de autorizaciones de comercialización de medicamentos deberán informar diariamente del stock y fabricar y abastecer a los servicios de salud de unos 300 medicamentos que ha fijado el Ministerio de Sanidad para abordar la crisis del coronavirus, desde este martes y durante el tiempo que dure el estado de alarma y "sus posibles prórrogas".
Así lo establece la orden SND/276/2020, de 23 de marzo, que publicó este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la que se establecen obligaciones de suministro de información, abastecimiento y fabricación de determinados medicamentos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
"La situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 hace necesario disponer de información actualizada sobre la disponibilidad real y la previsión de fabricación de determinados medicamentos que se consideran esenciales en esta emergencia. Igualmente, para proteger la salud pública, resulta ineludible garantizar el abastecimiento de estos medicamentos en centros y servicios sanitarios y ello requiere una distribución diaria capaz de cubrir el consumo con la agilidad necesaria", puede leerse en la orden.
En concreto, la norma tiene como objeto "el establecimiento de obligaciones de suministro de información, abastecimiento y fabricación de medicamentos esenciales para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19". La entidad destinataria de dicha información será la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
La orden subraya asimismo que sus destinatarios (fabricantes y titulares de comercialización) "deberán establecer las medidas necesarias que permitan garantizar el abastecimiento de los medicamentos" publicados en el anexo adjunto a la orden, de acuerdo con las necesidades de centros y servicios sanitarios, "pudiendo llegar a exigirse su abastecimiento con una frecuencia de una vez al día". "Asimismo, dichas medidas deberán garantizar el abastecimiento suficiente durante periodos vacacionales y fines de semana", precisa el texto.
De cada uno de los 300 medicamentos (entre los que se encuentran varios formatos de amoxicilina, paracetamol, insulina o broncodilatadores), el titular de la autorización de comercialización deberá comunicar diariamente por vía electrónica a través del mecanismo que disponga la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios información sobre el stock disponible, la cantidad suministrada en las últimas veinticuatro horas y la previsión de liberación y recepción de lotes (fechas y cantidades).
(SERVIMEDIA)
24 Mar 2020
AHP/gja