La justicia declara ilegal la huelga del Metro de Madrid
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Juzgado de lo Social número 16 de Madrid ha declarado ilegal por “abusiva” y “desproporcionada” la huelga que tuvo lugar en el Metro de Madrid los días 29 y 30 de junio, en la que “se incumplieron de manera total” los servicios mínimos y en la que los trabajadores se “extralimitaron”.
La titular del juzgado, la magistrada María José Ceballos Reinoso, ha dado la razón a Metro de Madrid en una sentencia dictada este lunes con la que resuelve el conflicto colectivo interpuesto contra los sindicatos que convocaron los paros.
La resolución es contundente a la hora de declarar ilegal la huelga de los trabajadores de Metro, que fue convocada por la reducción salarial del 5 por ciento acordada por el Gobierno.
“La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo”, señala la sentencia antes de recordar que “cualquier derecho fundamental o no fundamental, que se ejercite de forma abusiva o antisocial, no está amparado por la ley y por lo tanto resulta ilegal”.
La magistrada del Juzgado de lo Social número 16 de Madrid cifra en 3,5 millones de personas el número de viajeros afectados por la huelga y en 4,7 millones de euros las pérdidas generadas.
“Se acreditó el elevado número de usuarios que resultaron afectados directamente e indirectamente, como hecho notorio, los ciudadanos de la Comunidad Autónoma de Madrid, que se vieron impedidos o enormemente dificultados en sus desplazamientos para acudir a su puesto de trabajos, volver a su residencia, acudir a centros sanitarios o educativos”, señala la sentencia.
La jueza Ceballos Reinoso destaca que “la desproporción y extralimitación” en el ejercicio del derecho fundamental a la huelga no sólo se desprende de las cifras de pérdidas económicas, sino que resulta de “la comparación con las jornadas de huelga precedente y posteriores a los días 29 y 30 de junio, que se desarrollaron observando los servicios mínimos establecidos, siendo idéntica la reivindicación que constituía su objeto”.
(SERVIMEDIA)
24 Ene 2011
DCD/caa