La Audiencia Nacional acuerda prisión eludible con fianza de 10.000 euros para Alexis Codina
- Es uno de los CDR detenido en septiembre pasado
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado la prisión eludible con una fianza de 10.000 euros para Alexis Codina, uno de los detenidos el pasado mes de septiembre por su presunta vinculación con los CDR.
En un auto, los magistrados le imponen como medidas cautelares presentaciones semanales ante el juzgado o comisaria de Mossos más cercano a su domicilio, prohibición de salida del territorio con entrega de pasaporte y designación de domicilio donde ser localizado.
La resolución estima parcialmente el recurso de Codina y explica que previa resolución de la apelación recabó del juzgado los antecedentes respecto de los objetos y sustancias encontradas en el domicilio del recurrente y respecto de los que tenía relación, "sin encontrar en la pericial elaborada por los dos técnicos del Grupo de Desactivacion de Explosivos(GEDEX) de la Guardia Civil de Barcelona referencia a la existencia de explosivos y sí únicamente de sustancias que debidamente mezcladas y siguiendo los correspondientes procedimiento técnicos pudieran llegar a convertirse en explosivos (precursores), disponiendo el recurrente de documentos con información para elaborar explosivos".
El auto añade que no existe en el registro del domicilio la sustancia denominada `termita´, sino precursores de la misma. La Sala deja constancia objetiva de la existencia de dichas sustancias precursoras que no son en sí mismas explosivos, sin entrar a valorar las declaraciones de descargo del recurrente en el sentido de que las sustancias eran utilizadas en su trabajo de restaurador.
"Lo que sí nos permite afirmar, desde el punto de vista de los elementos justificantes de la prisión es el hecho de la objetiva inexistencia de explosivos en poder de Codina y que, por ello, su situación en este aspecto no difiere de los otros tres encausados recurrentes respecto de los que se ha acordado la posibilidad de imposición de una fianza para obtener su libertad", señala la Audiencia.
Respecto de los fines para acordar la prisión, aprecia la sala la existencia de claros elementos de arraigo, personales, sociales y familiares del recurrente. Visto el estado de la investigación, tampoco considera el tribunal que exista un riesgo real de colusión o entorpecimiento del procedimiento o destrucción de pruebas.
(SERVIMEDIA)
26 Dic 2019
SGR/pai