12-M. RECOMENDACIONES DE LA FEAPS PARA QUE LAS PERSONAS CON RETRASO MENTAL PUEDAN EJERCER SU DERECHO AL VOTO
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Federación Catalana pro Personas con Discapacidad Psíquica (APPS), integrada en la Confederación Española de Organizaciones en Favor de las Personas con Retraso Mental (Feaps), ha hecho públicas una serie de recomendaciones para que las personas con retraso mental puedan ejercer su derecho a voto.
Según informaron a Servimedia fuentes de la APPS, las recomendaciones venían ya recogidas en la campaña "Prepárate a votar", realizada por la Feaps en Cataluña en las pasadas eleccione catalanas.
La Ley Electoral indica en el artículo 3 que las personas con retraso mental no podrán ser privadas de su derecho al voto, aunque estén incapacitadas, salvo que se reseñe explícitamente en una sentencia judicial de incapacitacíón.
La campaña, financiada por el Consejo de Europa, recoge consejos básicos para orientar a los afectados por retraso mental sobre cómo deben actuar para poder votar: a qué lugar tienen que acudir, cómo han de elegir las papeletas, documentación que han de llevr al colegio electoral, trámites que han de formalizar ante la mesa electoral, etc.
(SERVIMEDIA)
02 Mar 2000
L