12-M. LA JUNTA ELECTORAL ACUERDA QUE UN CIEGO NO PUEDE SER MIEMBRO DE UNA MESA ELECTORAL

MADRID
SERVIMEDIA

La Junta Electoral Central acordó hoy que un ciego no puede formar parte de una mesa electoral, por considerar que esa minusvalía impide al afectado el correcto desarrollo de las funciones asgnadas a los miembros de las mesas.

El tribunal electoral resolvió así una consulta del presidente de la Junta Electoral Provincial de Las Palmas sobre "si una persona ciega, designada como miembro de mesa electoral y que no desea excusarse, puede desempeñar la función".

El acuerdo de la Junta Electoral, al que ha tenido acceso Servimedia, señala que aun cuando la Ley Electoral "no excluye 'a priori' para ser designado miembro de mesa electoral a ningún ciudadano, mayor de edad y que sepa leer y scribir, la minusvalía física consistente en ceguera impide a la persona afectada por la misma el correcto desarrollo de las funciones encomendadas a los miembros de mesas electorales, tales como identificación de los votantes, examen de las papeletas de votación y participación en el escrutino y otras que exigen el conocimiento físico directo de distintos documentos, cuya adaptación al braille no está en la actualidad legalmente prevista".

(SERVIMEDIA)
29 Feb 2000
J