Alerta alimentaria
Facua muestra a la juez del caso Magrudis su “oposición” a que el Ayuntamiento de Sevilla sea admitido como acusación
- El equipo jurídico de la organización de consumidores ha pedido que la corporación sea considerada responsable civil subsidiaria
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Facua ha mostrado al Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, que instruye la causa contra Magrudis, su "oposición" a que el Ayuntamiento de Sevilla sea admitido como acusación en el caso al entender que existen “indicios” sobre la posible responsabilidad del consistorio hispalense en el brote de listeria que dejó más de 200 afectados por el consumo de su carne mechada.
Así lo señaló en su escrito de respuesta al emplazamiento del juzgado en el que solicitaba a las partes su opinión sobre la solicitud de la corporación municipal y en el que Facua denunció la “total y absoluta falta de control” del consistorio sevillano sobre el cumplimiento, por parte de la cárnica sevillana, de los requisitos administrativos necesarios para llevar a cabo su actividad.
Junto a ello, también rechazó su “más que deficiente” inspección de las naves de Magrudis que, a su entender, habría favorecido que no se adoptasen las medidas higiénico-sanitarias necesarias para evitar, “entre otros peligros”, la aparición de “riesgos microbiológicos” como el que provocó el brote.
En un escrito presentado el 7 de noviembre, el equipo jurídico de la asociación también solicitó que el Ayuntamiento de Sevilla sea considerado “responsable civil subsidiario” de modo que tendría que asumir el pago de las indemnizaciones que se acordaran por encima del seguro de Magrudis y de las cantidades que abonasen o fuesen embargadas a las personas físicas y jurídicas que resulten condenadas al pago de responsabilidades civiles.
En caso de que el Ayuntamiento de Sevilla fuese considerado responsable civil, “carecería de sentido”, según Facua, que, a su vez, estuviese personado como acusación para reclamar a Magrudis el pago de los “supuestos” daños económicos sufridos por la corporación local.
Habida cuenta de que el Juzgado no se ha pronunciado sobre su solicitud de imputación, “no procede”, según su criterio, que se acuerde la acusación particular del consistorio de Juan Espadas para evitar una “suerte de dualidad procesal como imputado y acusación particular” así como para no dar lugar a actos “propios de una defensa más que de acusación” con el “perjuicio” que ello conllevaría tanto para el "buen desarrollo" de la instrucción como para los "intereses y derechos de los afectados".
(SERVIMEDIA)
29 Nov 2019
MJR/gja