Sentencia ¡procés'
La Fiscalía se opone a la anulación de la sentencia del `procés´ solicitada por los condenados y Vox
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La Fiscalía ha presentados sus alegaciones en contra de los incidentes de nulidad presentados por los condenados y por la acusación popular ejercida por Vox en el juicio que se desarrolló en el Tribunal Supremo contra los líderes del proceso independentista acaecido en Cataluña.
En los escritos, uno por cada uno de los incidentes de nulidad, se analizan los argumentos presentados y se pide que no se admitan a trámite las impugnaciones que son un trámite necesario para poder recurrir después al Tribunal Constitucional y finalmente a la justicia europea.
El ministerio público argumenta que la queja de los condenados “no tiene fundamento” y solicita que no se admita a trámite. Ahora la pelota está en el tejado del tribunal, que tendrá que pronunciarse y decidir si anula o no la sentencia que condenó el pasado 14 de octubre a los líderes independentistas por organizar el 1-O.
La Fiscalía ha presentado alegaciones en relación a los incidentes de nulidad que le han sido trasladados y que, por el momento, excluyen los de Oriol Junqueras, Raül Romeva y Carme Frocadell. No es previsible que el tribunal acepte los recursos de las defensas, que supondrían la anulación de la sentencia. Pedir la nulidad de la sentencia es paso obligado para abordar los trámites que acabarán con el caso en la justicia europea.
El ministerio público indica a Vox, cuya pretensión sería endurecer las condenas, que el incidente de nulidad "no constituye una tercera instancia y desde luego, no permite un análisis de los hechos y de la pruebas practicadas, por lo que a su través, no es factible la pretensión de modificación" de los hechos probados.
Vox había pedido que se condenara a los líderes independentistas por delito de rebelión, mientras que la sentencia lo hace por sedición. En su recurso, este partido pretendía que se incorporara el análisis nuevas pruebas que, según su criterio, avalaría la existencia de rebelión. Sin embargo, este procedimiento no contempla la incorporación de pruebas no valoradas durante la vista. La Fiscalía llega incluso a decir que tampoco esos nuevos datos tiene “trascendencia” sobre la sentencia.
(SERVIMEDIA)
25 Nov 2019
SGR/gja