País Vasco

El TS anula la sentencia que condenó a Atutxa, Knörr y Bilbao por desobediencia en 2008

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala II del Tribunal Supremo ha anulado su sentencia, de 8 de abril de 2008, que condenó por delito de desobediencia al expresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y a los exmiembros de la Mesa de la Cámara vasca Gorka Knorr y Concepción Bilbao, como consecuencia de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que declaró vulnerado el derecho de dichas personas a un proceso equitativo.

El Supremo estima así el recurso de revisión planteado por Atutxa, Knorr y Bilbao. El primero fue condenado a un año y seis meses de inhabilitación y multa de 18.000 euros, y los otros dos a penas de un año de inhabilitación y multa de 12.000 euros.

El TEDH no entra el fondo del asunto pero desestima por unanimidad el proceso al que fueron sometidos por entender que la Justicia española se saltó la Convención Europea de Derechos Humanos en su artículo 6.1, que establece que “toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un Tribunal independiente e imparcial”.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) estimó el pasado mes de junio de 2017 el recurso presentado por los antiguos integrantes de la Mesa del Parlamento vasco, que fueron inhabilitados por negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak tras la ilegalización de Batasuna en 2003. El Estado fue condenado al pago simbólico de un euro a cada uno de los recurrentes por “perjuicios morales”.

Nueve años después de que el Tribunal Supremo inhabilitara a tres de los integrantes de la Mesa del Parlamento de Vitoriq, y cuatro después de que el Constitucional ratificara este castigo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha estimó el recurso presentado por Atutxa, Knörr y Bilbao y ha sancionado al Estado español por “violación del artículo 6.1 de la Convención Europea de Derechos Humanos”, que trata sobre el “derecho a un proceso equitativo”.

Los hechos tienen su origen en la ilegalización de Batasuna, en el año 2003. El Tribunal Supremo ordenó la disolución del grupo Sozialista Abertzaleak en la Cámara autonómica, denominación bajo la cual se agrupaban entonces los parlamentarios autonómicos de la izquierda abertzale.

El presidente de la Mesa del Parlamento, Juan Mari Atutxa (PNV), y dos de sus integrantes, Gorka Knörr (EA) y Kontxi Bilbao (Ezker Batua), se posicionaron en contra de esa medida, en virtud del principio de “autonomía” parlamentaria. Absueltos por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), el recurso del sindicato ultraderechista Manos Limpias llevó el caso al Tribunal Supremo, que en 2008 decretó inhabilitación y multa para los tres acusados por un delito de “desobediencia”. Ya entonces, siete de los doce magistrados apuntaron que la sentencia “infringe la igualdad de trato ante la ley”.

Atutxa, Knörr y Bilbao dieron el siguiente paso y apelaron al Constitucional, que tardó cinco años y medios en ratificar al Supremo, en diciembre de 2013. Agotada la vía judicial en España, recurrieron a Estrasburgo, que les dio la razón y por ello ahora el Tribunal Supremo anula la sentencia con la que les condenó en 2008.

(SERVIMEDIA)
29 Oct 2019
SGR/pai