Trabajo cifra en 58,43 millones el coste de las medidas laborales excepcionales por la gota fría

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social cifra en 58,43 millones de euros las medidas excepcionales que arbitrará en materia laboral para ayudar a empresas y trabajadores a paliar los daños derivados por la interrupción de su actividad por culpa de los daños ocasionados con la gota fría.

El Real decreto ley aprobado por el Gobierno el pasado viernes para articular un amplio paquete de medidas de ayuda para los damnificados incluye actuaciones laborales como, por ejemplo, que cobren el paro empleados sin la suficiente cotización para acceder al mismo, según indicó este lunes el Ministerio de Trabajo.

De forma excepcional se permitirá además a las empresas solicitar una moratoria de hasta un año en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, sin incurrir en tipos de interés, y podrán exonerarse de su pago a compañías donde se registren suspensiones de contrato y reducción de jornadas por culpa de las catástrofes.

El Servicio de Empleo Público Estatal podrá además autorizar que no corra el contador para los trabajadores que perciban el desempleo a los efectos de consumir el periodo máximo establecido para esta prestación.

El coste conjunto de todas las actuaciones en materia de Seguridad Social las estima el ministerio en 26,03 millones de euros y calcula en otros 32,4 millones las previstas en materia de desempleo.

Las medidas serán de aplicación con efectos retroactivos a los daños ocasionados por lluvias y otras situaciones de emergencia y de naturaleza catastrófica desde el pasado día 1 de abril.

El ministerio aclara que las suspensiones de contrato, reducciones de jornada y despidos colectivos, así como las pérdidas de actividad ocasionadas por esos desastres, serán consideradas “situaciones de fuerza mayor”.

Esta calificación es la que permitirá a la Tesorería de la Seguridad Social exonerar el pago de la cotización a las empresas, aunque sí le contará como abonado al trabajador. En caso de despidos las indemnizaciones correrán además a cargo del Fondo de Garantía Salarial.

En el caso de los trabajadores por cuenta propia facilitará una moratoria de hasta un año en el pago a la Seguridad Social y por un periodo de recaudación de tres meses sucesivos.

De forma adicional estipula la posibilidad de que las administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro puedan solicitar al Servicio Público de Empleo competente la adscripción de trabajadores que perciban la prestación por desempleo para llevar a cabo obras de reparación de daños causados.

(SERVIMEDIA)
23 Sep 2019
ECR/gja/pai