El TEDH respalda a España en su decisión de no indemnizar a víctimas del GAL

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) respaldó este jueves la decisión de España de no indemnizar a varias víctimas del GAL y de grupos ultraderechistas al considerar que habían formado parte de ETA, pese a que ese vínculo no haya quedado asentado en sentencia penal.

La corte de Estrasburgo ha tomado una decisión sobre la reclamación planteada por diez españoles que argumentaban la presunción de inocencia para reclamar esas compensaciones. El tribunal entiende que este criterio "no se aplica" en los dos casos examinados que agrupan a todos los demandantes.

Se trata de los casos de Larrañaga Arando y Martínez Agirre, en los que las defensas alegaban que se había vulnerado el artículo 6.2 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que estipula el respeto a la presunción de inocencia. El TEDH considera que "los procesos de indemnización no necesitan que las autoridades o jurisdicciones tomen en cuenta el contenido o el resultado de los procesos penales anteriores".

En el momento de la presentación de la demanda, el Estado español invocó un artículo de la Convención Europea sobre la Compensación de Víctimas de Crímenes Violentos que permite rechazar la indemnización en función de la implicación de la víctima en una organización violenta.

Ahora el TEDH entiende que la aplicación de esa cláusula como base para para denegar una indemnización "no supone que la supuesta pertenencia a una organización criminal o violenta haya sido establecida por un proceso penal, y las autoridades pueden fundarse en otras fuentes para obtener la información, algo que hicieron".

(SERVIMEDIA)
18 Jul 2019
SGR/gja