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Cataluña

La Audiencia Nacional señala para el 20 de enero el inicio del juicio a Trapero y la excúpula de los Mossos

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha señalado para el día 20 de enero el comienzo del juicio al exjefe de los Mossos d`Esquadra Josep Lluis Trapero, y a los que fueran miembros de la cúpula de los Mossos d´Esquadra durante el otoño de 2017 por un delito de rebelión relacionado con la celebración del 1-O.

En ese juicio también se sentarán en el banquillo el ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig, el exdirector de los Mossos Pere Soler y la intendente Teresa Laplana. Todos ellos menos la intendente están acusados de un delito de rebelión, mientras que a ella se le atribuye un delito de sedición.

Todos deberán responder de lo sucedido los días 20 y 21 de septiembre de 2017 frente a la Consejería de Economía, donde se concentraron miles de personas impidiendo la salida de la comitiva judicial que estaba registrando las dependencias por orden del juzgado número 13 de Barcelona, y durante la jornada del 1 de octubre.

De acuerdo con una diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, el juicio se desarrollará a lo largo de 24 sesiones de los meses de enero, febrero y marzo en la sede de la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares (Madrid).

Entre el 20 y el 23 de enero el tribunal fija la declaración de los acusados. En febrero están señaladas sesiones los días 3, 4, 5, 6, 10,11, 12, 13, 17, 18, 19 y 20 para que el tribunal escuche la declaración de los testigos. En el mes de marzo se señalan sesiones para los días 2, 3, 4, 5, 16, 17, 18 y 19, fecha en la que está previsto el final de la vista.

11 AÑOS DE CÁRCEL

La Fiscalía de la Audiencia Nacional acusa de un delito de rebelión al que fuera mayor de los Mossos d´Esquadra Josep Lluís Trapero y a los jefes políticos del cuerpo policial Pere Soler y César Puig, para los que pide 11 años de cárcel. Asume así el criterio de la Fiscalía del Tribunal Supremo, que atribuye rebelión a los máximos responsables del Gobierno catalán en el momento del referéndum ilegal y a los líderes de las organizaciones civiles independentistas.

Para la intendente Teresa Laplana, el ministerio público pide cuatro años de prisión por un delito de sedición. El ministerio público considera que todos ellos dieron "cobertura efectiva" al Gobierno catalán y a los líderes independentistas "para imponer por la fuerza de las masas derechos de los que carecían” y “apoyar” la implantación de normas “abiertamente inconstitucionales emanadas del Parlament y del Govern de la Generalitat".

A diferencia de lo que ocurrió en el juicio que se celebró en el Supremo entre febrero y junio pasados, en la causa contra la cúpula de los Mossos en la Audiencia la Fiscalía es la única acusación. Entiende el ministerio público que los cuatro procesados eran perfectamente conscientes de que su actuación iba en contra de los mandatos judiciales y de las decisiones del Tribunal Constitucional y no hicieron nada por impedir el referéndum del 1 de octubre o sus preparativos.

Los fiscales Miguel Ángel Carballo y Pedro Rubira sostienen que tanto durante el asedio en la Consejería de Economía, el 20 y 21 de septiembre, como durante el 1-O se produjeron “numerosos actos de violencia sobre las personas y las cosas" que pudieron haberse generalizado y que no tuvieron, bajo su punto de vista, la respuesta necesaria de los Mossos.

Además, señala que la acción del cuerpo policial autonómico fue necesaria para que culminara la realización de la consulta ilegal y atribuye a los Mossos actuaciones que no les corresponden, como "la realización de seguimientos a otros cuerpos policiales, entorpecer su labor y, en algunos casos, incluso, oponerse físicamente".

AL SERVICIO DE LA REPÚBLICA

Dentro del diseño de la actuación para conseguir la independencia, los líderes independentistas contemplaban la utilización de los Mossos d’Esquadra al servicio de la consecución de la república. Así lo defiende la Fiscalía, que considera que Trapero hizo oídos sordos a las órdenes de los jueces y no implementó el dispositivo necesario para impedir la celebración del 1-O; muy al contrario, considera que los Mossos obstaculizaron la tarea de otros cuerpos policiales.

Por su parte, la abogada Olga Tubau, que ejerce la defensa de Trapero, pide en sus conclusiones provisionales la absolución porque el que fuera jefe de la Policía autonómica “nunca” puso a los Mossos “al servicio de los intereses políticos secesionistas".

Según su escrito, Trapero no ha "participado, intervenido ni compartido" el plan para la independencia de Cataluña que fue diseñado e impulsado por el Govern con el respaldo de las leyes que fueron aprobadas en el Parlament. Esta línea argumental es la que el propio Trapero defendió en su declaración en el juicio que se ha celebrado en el Tribunal Supremo.

Al igual que mantuvo en el juicio del 1-O, Trapero sostiene en un escrito de 47 páginas que nunca tuvo conocimiento de los documentos que contenían la hoja de ruta para la independencia y siempre actuó en línea con las instrucciones de la Fiscalía y los jueces.

Trapero defiende el dispositivo policial diseñado para realizar los más de 40 registros ordenados por el juez número 13 de Barcelona el día 20 de septiembre de 2017 y para impedir el referéndum. Sobre la relación con el coordinador del dispositivo policial del 1-O, el coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, aseguró que nunca mostró "desconfianza" hacia los Mossos, un afirmación que no se corresponde con la declaración del mando de la Benemérita ante el Supremo.

En el escrito esgrime también que ya dos días antes de la fecha en la que se produjo la declaración unilateral de independencia, el 27 de octubre, los Mossos prepararon un dispositivo para proceder a la detención del presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y de los consellers, para el caso de que les fuera ordenado por un juez.

También ha presentado su escrito de conclusiones provisionales la defensa de la intendente de los Mossos Teresa Laplana. Al igual que para su jefe, pide la absolución con el argumento de que "no tenía competencias ni facultades para ordenar la movilización de efectivos policiales" durante el 20 de septiembre, fecha en la que ella era la responsable del operativo en el Departamento de Economía, de donde la comitiva judicial salió de madrugada y la secretaria judicial fue evacuada por la azotea.

(SERVIMEDIA)
09 Jul 2019
SGR/gja