Sociedad

El Defensor del Pueblo lleva al Constitucional la Ley de Caza de Castilla y León

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad de Castilla y León, y contra la disposición transitoria de esta norma.

La institución dirigida por Fernández Marugán considera que algunos preceptos legales vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva al regularse directamente por ley las especies cinegéticas y cazables en Castilla y León, y los periodos y días hábiles de caza en esta comunidad, además de permitir el ejercicio cinegético directamente por ley, con lo que se impide el acudir a los tribunales ordinarios, según informó este viernes el Defensor del Pueblo.

Por otra parte, la oficina indica se trata de medidas adoptadas sin contar con los estudios científicos y técnicos necesarios que avalen la declaración de especies cinegéticas, con lo que se vulnera la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad al no garantizarse la adecuada conservación de las especies silvestres.

El Defensor del Pueblo ve motivos de inconstitucionalidad porque esta ley se promulga con la intención de eludir el cumplimiento de los autos del Tribunal Superior de Justicia de Casilla y León, que, de forma cautelar, paralizaron a finales de febrero la caza en esta comunidad tras suspender el decreto autonómico 10/2018, que regulaba las especies que se podían cazar, precisamente por carecer de los estudios científicos y técnicos necesarios.

En este sentido, el Defensor señala que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en repetidas ocasiones acerca de la trascendencia constitucional de las medidas cautelares y de su relación con los derechos fundamentales y en concreto con el derecho a la tutela judicial efectiva. En este caso, al elevar el rango normativo, la institución considera que se ha querido evitar el control por los tribunales ordinarios y así neutralizar el contenido de las resoluciones judiciales dictadas.

Por último, el Defensor recalca que los preceptos impugnados de esta ley vulneran el derecho de todos los españoles a disfrutar de un medio ambiente adecuado y quebranta la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en materia de medio ambiente en general y, específicamente, en materia de conservación de la biodiversidad.

En este sentido, apunta que la legislación castellanoleonesa incurre en una violación de la competencia estatal, y por tanto, en inconstitucionalidad desde el momento en que vulnera la normativa básica.

(SERVIMEDIA)
28 Jun 2019
MGR/caa