Energía
El Defensor del Pueblo recibe numerosas quejas por el bono eléctrico y critica el alto precio de la luz
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El Defensor del Pueblo llama la atención en su último Informe Anual sobre el “elevado precio” de la luz en España, que “sigue siendo una preocupación para muchas familias”, y asegura que en el último año recibió “un número alto de quejas” por el bono social eléctrico.
La memoria asegura que “es patente la elevada cuantía de la parte fija de la factura”, lo que “no incentiva bien el ahorro energético y distribuye los costes generales del sistema de forma poco progresiva”.
El Defensor lamenta que sus demandas a la Administración no hayan logrado una modificación de la Ley del Sector Eléctrico y dice que el cumplimiento riguroso del sistema normativo, implantado en 1997, “está provocando situaciones injustas y perjudiciales para los ciudadanos”.
Sobre el bono social eléctrico, afirma que en el actual sistema de precios tan elevados, el bono social se ha convertido en uno de los instrumentos más importantes para conseguir que la energía eléctrica sea asequible.
Para el Defensor del Pueblo, es fundamental que el bono esté bien regulado y se aplique correctamente, lo que incluye que alcance a todos sus potenciales beneficiarios, porque solo si se cumplen esas dos condiciones se garantizará que los recursos económicos del bono social lleguen a las personas que lo necesitan.
El actual sistema (implantado por el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica) fue acogido por el Defensor del Pueblo de manera más favorable que el anterior sistema (Real Decreto-ley 7/2016, de 23 de diciembre, por el que se regula el mecanismo de financiación del coste del bono social y otras medidas de protección al consumidor vulnerable de energía eléctrica), que otorgaba el bono social no con arreglo a criterios de renta, sino del cumplimiento de requisitos que solo indiciariamente podían manifestar la falta de medios económicos.
El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, amplió el ámbito del bono social elevando en un 15% los límites de energía con derecho a descuento, introdujo nuevas circunstancias de acceso al bono social para la personas monoparentales y familias donde uno de los miembros tenga una discapacidad reconocida de al menos el 33% y estableció que en las viviendas acogidas al bono social en que vivan menores de 16 años o personas con dependencia el eléctrico será considerado un suministro esencial y no podrá ser cortado.
Sin embargo, otras recomendaciones, sobre todo las referidas al funcionamiento del sistema y a la necesaria publicidad para que todos quienes lo necesiten puedan beneficiarse del bono social, aún no pueden considerarse atendidas.
En 2018 el Defensor del Pueblo asegura que tramitó un número alto de quejas relacionadas con el bono social eléctrico, sobre todo por la falta de respuesta a la solicitud o retrasos en la tramitación. También fue notable el número de quejas que no pueden ser admitidas a trámite mientras la persona afectada no gestione directamente con la Administración y la compañía eléctrica su reclamación.
(SERVIMEDIA)
11 Jun 2019
JRN/caa