Contratación pública
Adif endurece el control para combatir fraudes en la contratación
- Tras los cárteles despatados en marzo por la CNMC
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Adif ha incorporado a sus pliegos de contratación una nueva cláusula denominada ‘Integridad y lucha contra el fraude’, con el objetivo de evitar prácticas contrarias a la libre competencia y perjuicios a sus intereses como entidad contratante.
Adif anunció esta medida en un comunicado este jueves, a raíz de la reciente resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre los cárteles de electrificación y electromecánicas ferroviarias.
Adif ha decidido incluir nuevas medidas de control en sus procesos de contratación. En sus pliegos, habrá nuevas condiciones de ejecución, a través de las que las empresas que resulten adjudicatarias asuman como obligación que su participación se realizará de forma íntegra, ética y evitando la comisión de cualquier tipo de fraude.
De esta forma, los licitadores y adjudicatarios se comprometen a respetar los principios de igualdad, libre concurrencia, transparencia e integridad y a abstenerse de comportamientos colusorios o de competencia fraudulenta. También se comprometen a aceptar el Código Ético y de Conducta de Adif, e informar del mismo a sus empleados, así como a comunicar inmediatamente al órgano de contratación y/o al departamento de Cumplimiento Normativo de Adif (cumplimientonormativo@adif.es) las posibles situaciones de conflicto de intereses, de las que tuvieran conocimiento en el ámbito del proceso.
Además, las empresas no tratarán de influir en la adjudicación del contrato, ni ofrecerán ventajas personales o materiales a trabajadores de Adif o sus familiares. Asimismo, observarán las normas y cánones éticos de sus actividades, no llevarán a cabo acciones que pongan en riesgo el interés público y respetarán los acuerdos y normas de confidencialidad.
Los adjudicatarios colaborarán con el órgano de contratación en las actuaciones que este realice para la evaluación del cumplimiento del contrato, que ejecutarán con criterios de equidad y transparencia fiscal.
CONSECUENCIAS
El incumplimiento por las empresas licitadoras de estas reglas de conducta puede derivar en causa de exclusión en la participación del procedimiento de licitación correspondiente, así como, caso de que concurran los supuestos contemplados en la legislación vigente, en causa para la prohibición de contratar.
Estas reglas son consideradas obligaciones esenciales para los adjudicadores y su infracción se califica como muy grave, quedando facultado Adif para, en función de las circunstancias que concurran y teniendo en cuenta los principios de graduación de la sanción, contradicción y proporcionalidad, bien imponer una penalidad de hasta el 10% del precio del contrato (IVA no incluido) por cada incumplimiento, sin que el total pueda superar el 50% del precio del contrato; bien resolver el mismo por causa imputable al contratista con los efectos correspondientes.
Además, se ha incluido una cláusula más por la que el adjudicatario estará obligado durante la ejecución del contrato, y hasta su liquidación, a mantenerse en situación de no incurso en prohibición de contratar. Si el contratista, tras la formalización del contrato, durante su ejecución o antes de su liquidación, es declarado en prohibición de contratar con Adif o con el Sector Público Estatal, Adif quedará facultado para resolver el contrato.
Con esta causa de resolución, si un adjudicatario fuera declarado en prohibición de contratar, por ejemplo, por haber sido condenado por delitos de fraude o tráfico de influencias, Adif estaría facultado para resolver el contrato.
118 MILLONES
El pasado 27 de marzo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) anunció sanciones 15 empresas y 14 directivos por repartirse de manera ilícita los concursos públicos convocados por Adif relacionados con infraestructuras ferroviarias (sistemas de electrificación y electromecánica) para las líneas de tren convencional y alta velocidad.
Según informó el regulador en una nota, durante 14 años estas empresas crearon varios cárteles en las licitaciones del AVE y del tren convencional. Por esta razón, el organismo que preside José María Marín Quemada les ha impuesto en conjunto una sanción que asciende a 118 millones de euros y a los directivos responsables de tales conductas una sanción en conjunto de 666.000 euros.
Además, por primera vez, la CNMC ha activado el procedimiento para la prohibición de contratar con la Administración, por lo que remite la resolución a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
Estas empresas crearon tres cárteles para falsear la competencia en los concursos públicos: un cártel se ocupó de repartirse los concursos para la construcción, suministro, instalación y mantenimiento de sistemas de electrificación de líneas ferroviarias de alta velocidad; un segundo cártel se dedicó a manipular los concursos para el mantenimiento de los sistemas de electrificación en líneas de tren convencional, y un tercero maniobró para repartirse los concursos públicos y privados para la construcción, suministro, instalación y mantenimiento de equipos electromecánicos en las líneas de alta velocidad.
En el primero de los cárteles, para la electrificación del AVE, los hechos acreditados indican que 13 de estas empresas (Cobra, Siemens, Elecnor, Semi, Inabensa, Alstom, Isolux, Cymi, Comsa, Electren, Neopul, Citracc y Eym) adoptaron acuerdos para el reparto de 24 licitaciones para la construcción y mantenimiento de la electrificación del AVE durante ocho años (desde 2008 hasta 2016). El importe total de los contratos adjudicados al cártel asciende a 837 millones de euros.
Los acuerdos en ese cártel fueron evolucionando a lo largo del tiempo, desde abril de 2008 hasta marzo de 2016, en función de las licitaciones que se iban produciendo y de las empresas que participaban de la estrategia colusoria.
(SERVIMEDIA)
16 Mayo 2019
JRN/man