Madrid
La Comunidad fija las condiciones para aplicar purines y estiércoles en superficies agrícolas
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó hoy un decreto por el que se establecen excepciones a las normas de la condicionalidad para la aplicación de purines en 2019 y, con carácter indefinido, para la aplicación de estiércoles en determinadas superficies agrícolas de la región.
En una nota de prensa se expone que el real decreto de diciembre de 2014 establece los condicionantes para la aplicación de purines y estiércoles sólidos para los beneficiarios de ayudas directas a la agricultura.
Así, queda prohibida la aplicación de purín en las superficies agrícolas mediante sistemas de plato, abanico o cañones; y se establece la obligación de que los estiércoles sólidos sean enterrados después de su aplicación en el menor plazo de tiempo posible.
El propio decreto habilita a las comunidades autónomas a establecer excepciones a las normas de condicionalidad, en atención a las características específicas de las superficies afectadas, incluidas las condiciones orográficas, climáticas u otros motivos.
Según el Gobierno, la aplicación de purines en la Comunidad de Madrid no es una práctica muy utilizada dado el número de explotaciones porcinas instaladas en la región, aunque el uso de estos materiales como fertilizantes es una buena alternativa para el abonado mineral y orgánico y para la gestión ambiental de estos productos.
No obstante, se señala, la normativa estatal podría derivar en la penalización del régimen de ayudas de algunos beneficiarios que ya han realizado aplicaciones de purines durante la campaña de 2019 con los métodos tradicionales (aspersión con cañón y abanico), así como en la paralización de la actividad de los operadores que gestionan purines, en tanto llevan a cabo la adaptación de sus equipos a las nuevas técnicas de inyección y localización exigidas.
Además, la aplicación de esta normativa de forma generalizada en la región conllevaría la adquisición de nuevas máquinas o la adaptación de la práctica totalidad de las existentes, lo que no podría ser asumido por el sector. Consecuentemente, no podrían utilizarse los purines como fertilizantes, lo que supondría un perjuicio mayor para el medio ambiente que el beneficio que se pudiera derivar de la aplicación inmediata de la norma estatal.
Las razones por las que dicha tecnología de aplicación de purines, exigida por la aplicación de la norma estatal, no se ha implantado mayoritariamente en la Comunidad de Madrid son básicamente orográficas, climáticas y socioeconómicas, por lo que resultan necesarios la realización de determinados estudios y, en todo caso, un periodo razonable de implantación.
EXCEPCIONES
Según el decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno, durante el presente año se podrán llevar a cabo aplicaciones de purines mediante los sistemas aspersión por plato o abanico y de aspersión por cañón.
Esto será posible siempre que de forma simultánea se realice su incorporación al suelo, sin que ello suponga la pérdida del derecho a recibir los pagos o primas recogidos en el citado decreto.
Para acceder al derecho a obtener los pagos o primas recogidos en la normativa estatal no será necesario proceder al enterramiento de los estiércoles sólidos tras su aplicación en los siguientes casos: los cultivos que se realicen mediante los sistemas de siembra directa o mínimo laboreo; los pastos permanentes; los cultivos permanentes; y cuando la aportación del estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo ya instalado.
(SERVIMEDIA)
07 Mayo 2019
SMO/gja