Medio ambiente

El Gobierno define la medida de mitigación a la participación en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión para pequeñas instalaciones y hospitales

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto que adapta la legislación en España a la nueva fase del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea (RCDE UE), 2021-2025, en lo que se refiere a las instalaciones de pequeño tamaño.

Se rigen por este sistema las instalaciones de gran consumo de energía (fundamentalmente centrales eléctricas y plantas industriales) y las compañías aéreas que operan en los países suscritos. En España, unas 1.000 instalaciones, que suponen un 39% del total de emisiones del país, operan bajo este sistema.

El RCDE UE permite la exclusión de pequeños emisores y hospitales siempre y cuando les sean de aplicación otras medidas de reducción de emisiones de GEI consideradas equivalentes a la participación en el RCDE UE.

Precisamente, el real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros define, a efectos de la exclusión de las pequeñas instalaciones y los hospitales, la medida de mitigación que contribuye a una reducción de emisiones equivalente.

Por ello, en este real decreto se definen las características básicas que debe tener la medida de mitigación, que concretarán las distintas comunidades autónomas, como responsables de acordar las exclusiones, y a la que las instalaciones deberán acogerse para solicitar y hacer efectiva su exclusión.

En concreto, se considera como medida de mitigación equivalente la imposición de la obligación a una pequeña instalación u hospital de reducir sus emisiones de dióxido de carbono equivalente en un 32 por ciento en 2025 con respecto a las emisiones del año 2005.

(SERVIMEDIA)
26 Abr 2019
JBM/caa