Autónomos
Creada la comisión paritaria para resolver las reclamaciones sobre cese de actividad de los autónomos
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este lunes la resolución por la que se crea la comisión paritaria para la resolución de las reclamaciones previas en materia de prestación por cese de actividad de los autónomos.
La creación de esta comisión estaba recogida en el real decreto-ley del 28 de diciembre de 2018 para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
En concreto, se establecía que antes de la resolución de una reclamación administrativa previa contra la decisión de las mutuas de denegar prestaciones por cese de actividad, se emita un informe vinculante elaborado por una comisión paritaria con representación de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, las asociaciones representativas de los trabajadores autónomos y la Administración de la Seguridad Social.
La comisión paritaria estará constituida en cada provincia española y en ella, además de los representantes citados, también estará presente un funcionario de la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
La mutua colaboradora competente para la resolución de la reclamación previa elaborará un expediente que deberá contener la documentación completa en relación con la prestación por cese de actividad solicitada, en los casos en que considere procedente emitir una resolución denegatoria de la prestación. Dicho expediente, así como una propuesta motivada de resolución denegatoria, será remitido al secretario de la comisión en un plazo de 10 días contados desde la fecha de presentación de la reclamación previa. Una vez recibido el expediente, el secretario determinará la sesión más próxima de la comisión en que el mismo será examinado.
Se valorará cada expediente de manera individualizada. Para su valoración, la comisión estará integrada por tres miembros: el presidente, el representante designado por las asociaciones representativas de los trabajadores autónomos y el representante designado por las mutuas colaboradoras. La comisión manifestará su conformidad o disconformidad con la propuesta de resolución de la mutua colaboradora y los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los votos de los tres miembros de la comisión.
A nivel nacional, se constituye una comisión asesora en la Dirección del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
(SERVIMEDIA)
25 Mar 2019
MMR/caa