El Supremo confirma dos años de cárcel para Granados por revelación secreto en la 'operación Púnica'

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de cárcel para el exconsejero de la Comunidad de Madrid Francisco Granados por espionaje y filtración en el marco de la llamada ‘operación Púnica’, todo lo cual originó un grave daño a la investigación policial y un beneficio económico para este exdirigente del PP.

En una sentencia conocida este jueves, el Supremo también ratifica una pena de dos años de cárcel para el guardia civil José Manuel Rodríguez Talamino y un año y 6 meses al agente en excedencia de la Benemérita Jose Luis Caro Vinagre.

La Sala confirma las condenas por delito de violación de secreto agravado, en el caso de Rodríguez Talamino, y delito agravado de aprovechamiento de secreto revelado por funcionario público en el caso de Granados y Caro Vinagre.

El Supremo emitió esta sentencia después de que la Audiencia Nacional condenara a Granados, Rodríguez Talamino y Caro Vinagre por unos hechos que se remontan al mes de septiembre de 2014. Así, al tener noticia de pesquisas en marcha sobre la ‘operación Púnica’, Granados encargó al agente Rodríguez Talamino que colocara en la localidad madrileña de Pinto una cámara oculta en la puerta de las oficinas de otro de los investigados, David Marjaliza.

“ADVERTENCIA”

La noche del 5 de septiembre, durante las fiestas de Valdemoro (Madrid), el agente alertó a Granados de que la UCO estaba actuando en Pinto y que vigilaba la sede de Éboli, donde se encontraba el despacho de David Marjaliza. Un día después, el exconsejero madrileño, en conversación telefónica con Marjaliza, le informó de lo sucedido, que entendió como “una advertencia”, avisándole de los seguimientos policiales.

En la sentencia conocida este jueves, el Supremo rechaza que se haya violado la presunción de inocencia de los condenados. Explica que la filtración de la investigación de la UCO derivó de modo inmediato en que tanto Granados como Marjaliza adoptaran nuevas cautelas, distintas de las que hasta entonces habían observado.

En línea con la sentencia confirmada, la Sala considera evidente el daño que causó la filtración a la investigación, que determinó “la imposibilidad de verificar mediante grabación u observación directa la identidad de las personas que acudían a las oficinas de Marjaliza, donde se suponía que se pagaban comisiones a personas que, ocupando cargos municipales, favorecían sus intereses”.

ESCONDIERON DINERO

La revelación, añade el tribunal, “no sólo determinó la retirada de las cámaras, suprimiendo la posibilidad de grabación, sino la misma observación policial, pues, lógicamente, esos encuentros, en caso de que fueran a producirse como sospechaban los investigadores, habrían sido suspendidos o trasladados a otro lugar”.

La sentencia explica que la utilización de la información recibida se tradujo directamente en un “beneficio económico” para Granados y para Marjaliza, “mediante la ocultación del dinero que poseían en metálico y su inicial sustracción a la investigación concreta y avanzada a la que supieron que estaban siendo sometidos”.

Granados, además de pedir a Marjaliza que destruyera la documentación que lo relacionaba con sus negocios, escondió el dinero que poseía en metálico (casi un millón de euros) en casa de sus suegros. Por su parte, Marjaliza también ocultó el que guardaba en metálico en su caja fuerte y lo llevó a una caja de seguridad de una entidad bancaria.

(SERVIMEDIA)
14 Mar 2019
NBC